Discrecionalidad del Control Fiscal en los Procesos de Contratación Estatal a la luz del Debido Proceso en la Gobernación del Chocó en la vigencia 2020-2023
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La fiscalización de los recursos públicos genera un grado de responsabilidad cuando se presentan hallazgos, tanto para quienes lo realizan como para quienes son controlados, dado que se trata de verificar la ejecución de los recursos públicos, siendo de vital importancia un control justo que no sobrepase las funciones establecidas en la Ley.
De esta manera, revisar el proceso de control fiscal en el marco de los procesos de auditoría, especialmente en lo que tiene que ver con la contratación estatal en el departamento del Chocó, permite establecer si en el marco jurídico colombiano se puede aplicar la llamada discrecionalidad en la fiscalización, además de reconocer si está acorde con el principio constitucional del debido proceso.
Así, se incluyeron orientaciones, conceptos generales y lineamientos relacionados con el control fiscal, donde el fiscalizador, atendiendo la esencia de lo que persigue el constituyente con el establecimiento del control, que no es otra cosa que evitar la malversación de los recursos y lograr el cumplimiento de los fines esenciales del Estado, lo que requiere que los procesos de auditoría sean públicos y abiertos con la participación de los contralores y el fiscalizado, con reglas claras y en aplicación al principio de legalidad.
