Efectos de la jurisprudencia constitucional pensional en las decisiones proferidas en procesos ordinarios por la sala laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira en el año 2015

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El derecho a la seguridad social aparece con la Constitución Política1 de 1991 al definirla como "Un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad…"; y denotamos que aun los márgenes de afiliación al sistema pensional son bajos, así, el articulo como norma es importante, pues pretende dentro del Estado Social, garantizar a las personas independiente de su condición (empleado, vendedores informales, independientes, etc.), un sistema que garantice recursos económicos cuando las contingencias de la invalidez, la vejez o la muerte aparecen.

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Jurisprudencia constitucional pensional, Procesos ordinarios, Sala laboral, Tribunal superior del distrito judicial de Pereira, Pereira (Risaralda, Colombia)

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