La comisión de la verdad y el debido proceso como derecho fundamental desde su creación hasta la publicación del informe final en noviembre de 2021

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La Comisión de la Verdad establecida en Colombia dentro del Sistema Integral de Justicia, Verdad, Reconciliación y No repetición como entidad del Estado, en su proceso metodológico de reconstrucción de la verdad histórica en Colombia trasgrede el debido proceso como derecho fundamental contemplado en la Constitución de Colombia de 1991 justificándose en su carácter extrajudicial. Desde la normatividad internacional ya se ha dicho, desde el acuerdo de San José (1969), que el debido proceso es un derecho humano que debe ser respetado por todas las entidades de los Estados firmantes del mismo, entre ellos Colombia, pero bajo una interpretación laxa del artículo 29 de la Constitución de 1991 la Comisión de la Verdad aduce que, por su carácter extrajudicial, ella no está obligada a garantizar dicho derecho, además porque los resultados de la Comisión de la Verdad, así como el informe final no tendrán validez jurídica en los procesos judiciales que se pudiesen llevar a cabo en el país, sin embargo olvida la Comisión que los campos en los cuales deambula el Estado no corresponden solo al jurídico, sino que además existe un ámbito administrativo, disciplinario donde este informe y esta comisión quedan a la interpretación

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VERDAD, DERECHOS HUMANOS, DERECHOS FUNDAMENTALES, COMISION DE LA VERDAD, DEBIDO PROCESO

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