Protección constitucional de los menores que optan por la reasignación de sexo

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El presente artículo se ha hecho buscando la protección dada por la Corte Constitucional a los derechos sexuales, libre desarrollo de la personalidad e igualdad de los menores de edad pertenecientes al grupo LGTBIQ+, en cuanto se ven vulnerados al momento en que estos deciden poner en ejercicio su derecho al libre desarrollo de la personalidad por medio de una cirugía de reasignación de sexo. Para esta investigación se llevó a cabo un análisis jurisprudencial en el tiempo en donde se evidenció a grandes rasgos el avance que se ha tenido, en el sentido que una persona pueda cambiar su nombre en el registro civil, hasta poder realizarse una cirugía de reasignación de sexo, pero también se observa la necesidad de abarcar más esta realidad social que día a día se presenta. Aunado a este análisis jurisprudencial también se mencionan acciones gubernamentales, legislativas y disposiciones internacionales importantes sobre el tema, destacando que esta reasignación de sexo tiene un fuerte componente de dignidad humana, relacionado especialmente con el derecho a la salud, y cómo es la Corte Constitucional la pionera en la protección de estos menores, que se han visto obligados a optar por batallas jurídicas para ver protegidos sus derechos, debido a la falta de normatividad nacional que permita que estos derechos y procedimientos puedan ejercerse sin barreras legales ni administrativas, para concluir con que, sin necesidad de una normatividad expresa, es esta Alta Corte quien, por medio de sus conceptos, ha protegido estos menores y su posibilidad de vivir una vida adecuada al ejercicio de sus derechos.

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Palabras clave

Derecho a la salud, derechos sexuales, identidad de género, menores de edad, reasignación de sexo

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