Democracia legítima del poder político ejercido por el alcalde de Riosucio, Caldas, 2008-2011, frente a la abstención electoral
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La Carta Política 1991 elevó a rango Constitucional los derechos políticos del ciudadano introduciendo el artículo 40 del Capítulo I de los Derechos Fundamentales, en el Título De Los Derechos, Las Garantías y Los Deberes, no contemplados como tales en el texto de 1886. Así, el Estado Colombiano, pluralista, democrático y participativo, reconoce los derechos políticos que le asisten a los ciudadanos, indicando las formas en que pueden intervenir en la organización del Estado.
Descripción
Palabras clave
Democracia legítima, Poder político, Alcalde de Riosucio (Caldas), Abstención electoral