La Reparación Directa Como Medio Principal De La Administración Pública Para Protección De Derechos

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Bogotá

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La escalada de las continuas violaciones de los derechos humanos en todo el mundo ha ejercido una presión internacional sobre el desarrollo sostenible. Para salvaguardar y gestionar los riesgos sociales, las instituciones financieras públicas y privadas han luchado por aplicar los principios rectores de la política de responsabilidad cívica. A pesar de las leyes que obligan a las instituciones financieras a aplicar la Política de Reparación Directa, varias empresas siguen violando numerosos aspectos de los derechos humanos. A la luz de lo anterior, el objetivo de este estudio es determinar si las instituciones financieras están sujetas a la responsabilidad legal por los daños sociales provocados por la violación de los derechos humanos, tanto contractual como extracontractualmente. La investigación utilizará la investigación bibliográfica, legislativa y jurisprudencial en un método empírico-dialéctico para obtener los resultados deseados. Por último, se afirma que, ya sea por responsabilidad contractual o extracontractual, las instituciones financieras son responsables objetivas, solidarias y subsidiarias, junto con los agentes financiados, de los daños sociales derivados de las violaciones de los derechos humanos

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Responsabilidad Civil., Reparación Directa, Vulneración De Derechos Fundamentales, Responsabilidad Extracontractual, Mecanismo De Protección

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