Economía colaborativa: Derechos ciertos y discutibles frente a las plataformas de Ubereats, Rappi y Aseoya entre otras en Colombia

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El mundo se desarrolla en una búsqueda permanente por el cambio y la transformación de los procesos de la vida cotidiana, enmarcados en una economía de consumo que está ligada a los avances de la tecnología y al uso de la internet, facilitando cada vez más el camino a bienes y servicios de una forma innovadora; convirtiéndose en una alternativa para generar ingresos, al brindar nuevas oportunidades de negocio a través de una plataforma o aplicación. De esta manera se incrementa la competitividad por medios digitales, al aumentar la oferta y en algunas ocasiones disminuir los precios, puesto que se tiende a eliminar los intermediarios, en razón a que estamos frente a un cambio en la economía tradicional y nos adentramos a nuevas formas de satisfacer las necesidades materiales que se escapan al simple contacto de forma directa. La economía colaborativa como un concepto relativamente nuevo, se presenta como una alternativa de intercambio en diversas modalidades tales como comprar, vender, arrendar, prestar o compartir bienes y/o servicios; inclusive tiempo, conocimiento y habilidades mediante el empleo de las tecnologías de la información. Son múltiples las herramientas que ofrece actualmente el mercado “laboral” que permiten la interacción entre usuarios y prestadores de servicios, con ello se generan otras formas de empleo que, aunque permiten la obtención de ingresos, desconocen algunos derechos en favor de quien presta el servicio que debería asimilarse al trabajador.

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Economía de consumo, Plataforma, Derechos

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