Son eficaces los elementos que determinan el trámite administrativo frente a peticiones elevadas en contra de personas naturales o personas jurídicas de naturaleza privada con el fin de proteger garantías fundamentales.

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2024-11-22

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Socorro

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La pesquisa residió en formular el estudio jurisprudencial en base en a veredictos pronunciados por la Corte de cierre Constitucional, tendientes a analizar en primer lugar los elementos que determinan el trámite administrativo frente a las peticiones que son elevadas en contra de personas naturales particulares o personas jurídicas de naturaleza privada, igualmente analizar las dabidas presentes en la ley 1755 del 2015 para determinar si estos elementos son eficaces a la hora de garantizar los derechos fundamentales cuando se elevan peticiones ante estos agentes; en estricto sentido se cotejó con síntesis jurídica las condiciones en las que se configura el trámite administrativo frente a personas particulares o personas jurídicas de naturaleza privada, para responder y dar contestación a las mismas, si la petición se debe tramitar como una solicitud frente a una entidad administrativa o cuando no opera este fenómeno; de igual forma, se analizó respecto de la sentencia, T-066 del 2024, T-245 del 2024 y T-451 del 2017 el erguido de petición ante privados, al relación que existe frente al derecho de acceder a la información y el desarrollo jurisprudencial alcanzado a la fecha

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Palabras clave

Peticiones -- Personas naturales, Peticiones -- Personas jurídicas, Derecho fundamental a la información

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