¿El cambio de representante legal por parte de la EPS afecta la protección del derecho fundamental a la salud, en el trámite de incidente de desacato de la acción de tutela?
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Los efectos de un Sistemas de Salud deficiente día a día, ocasionan que las necesidades médicas derivadas de los ordenamientos que los médicos tratantes prescriben a sus usuarios , sean desconocidos masivamente, por parte de las EPS forzando a los perjudicados a presentar acciones de tutela que a pesar de ser fallados a su favor, son burlados y no acatados por parte de las entidades accionadas, lo cual conlleva a presentar incidentes de desacato cuyas sanciones no alcanzan a ser verdaderamente coercitivas para lograr la garantía del pleno derecho tutelado, convirtiendo esto una perpetuación de la vulneración del derecho sin una solución y garantía efectiva del derecho fundamental, ocasionando de paso graves efectos a la Salud, la Integridad Física y hasta la vida.

