Responsabilidad extracontractual del Estado derivada de la aplicación del régimen de imputación objetivo en personas privadas de la libertad

Resumen

En el presente artículo, se abordará la figura de la responsabilidad del Estado enfocada al ciudadano privado de la libertad en Centro Penitenciario, donde el Estado se encuentra en posición de garante durante toda su reclusión debido a la especial relación de sujeción que se predica entre estos. En el contexto penitenciario, el daño antijurídico se traduce a las eventuales lesiones o muerte de un recluso como consecuencia de riñas y demás situaciones provocadas por ellos mismos, de los cuales, en el marco de dichas conductas, el privado de la libertad acude ante la jurisdicción contenciosa, con el fin de solicitar reparación económica por el daño sufrido, se reitera, producto de su propio actuar imprudente que incidió de manera directa en la creación del perjuicio.
De esta manera, el presente artículo tiene como finalidad establecer si la posición del Juez Administrativo es imprecisa al momento de aplicar el régimen de imputación objetiva en los casos en los cuales las situaciones fácticas se derivan de un incumplimiento del reglamento interno para reclusos, donde la voluntad del mismo privado de la libertad interviene en la causación del daño. El escrito concluye, que el juez contencioso incurre en un desconocimiento del precedente jurisprudencial al momento de fallar en supuestos de hecho como los anteriormente descritos, emitiendo sentencia adversa al Estado, condenando al pago de indemnizaciones pecuniarias, que, bien podría emplearse en la prevención del daño antijurídico y la creación de políticas públicas enfocadas a evitar la criminalidad y mejorar el sistema penitenciario.

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Palabras clave

Privados de la libertad, Responsabilidad extracontractual, Reparación directa, Imputación objetiva, Condenas contra el estado

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