El cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes como un elemento de la custodia en el ordenamiento jurídico colombiano

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Socorro

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La carta política de 1991 en su artículo 44 señala el deber del estado, de la familia y de la sociedad a garantizar un desarrollo integral óptimo para todo los infantes y adolescentes, en el cual se garantice el ejercicio de sus derechos; así mismo el artículo 23 del Código de infancia y adolescencia determina el derecho que poseen los niños niñas y adolescentes (en adelante NNA) a recibir un cuidado personal adecuado por parte de sus padres, familiares, representantes legales y por las instituciones estatales establecidas para resguardar la protección integral del NNA; de igual forma la norma señala el deber de estas mismas personas naturales y jurídicas a asumir la custodia de los NNA; teniendo en cuenta lo establecido por la norma y con el fin de garantizar el interés superior del NNA, el presente artículo de investigación pretende desarrollar la siguiente pregunta problema, ¿el cuidado personal del menor de edad es un elemento inherente al derecho de custodia de los NNA?, de igual forma, con el fin de dar respuesta a la pregunta planteada se ha determinado el siguiente objetivo general, determinar si el cuidado personal del menor de edad es un elemento inherente al derecho de custodia de los NNA; finalmente el presente artículo de investigación posee un enfoque netamente jurídico, cuya investigación será cualitativa, y en donde se analizara las fuentes secundarias de la investigación tales como lo son la doctrina, la normatividad y finalmente la jurisprudencia de las altas cortes.

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Custodia, Cuidado personal, Garantía, Interés superior

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