El Reconocimiento de existencia de edificaciones en el ordenamiento jurídico colombiano
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Resumen
Realizar un acercamiento a las figuras del Derecho Urbano es apenas introductorio para Colombia. El reconocimiento de existencia de edificaciones es una institución creada hace un poco más de treinta años, como una de las alternativas para conciliar la ciudad planeada versus la ciudad que no ha contado con el desarrollo de herramientas de planificación territorial. El reconocimiento es la actuación por medio de la cual el secretario de planeación municipal o el curador urbano establece la existencia de una edificación, la cual ha sido desarrollada sin el otorgamiento de la licencia urbanística respectiva y, considera, que dicho desarrollo constructivo se encuentra de acuerdo a la normatividad vigente. Como se desarrollará en el trasegar del presente documento, esta figura flexibiliza los requisitos de la licencia urbanística de construcción, permitiendo a propietarios y poseedores legalizar con posterioridad la existencia de la edificación. En su efecto en la vida jurídica, el acto administrativo de reconocimiento surte la misma fuerza legal de una licencia de construcción. Son varias las reflexiones en el desarrollo de la figura: i) El Estado no ha podido establecer cuántas y cuáles son las construcciones sin licenciamiento urbanístico; ii) No se han generado estrategias que frenen el desarrollo de construcciones ilegales; iii) El proceso sancionatorio de carácter policivo se ha dado delegado en competencia a las inspecciones de policía, según mandato de la ley 1801 de 2016, las cuales mientras no se robustezcan en su capacidad humana, no podrán de manera efectiva ejercer el control urbano y posterior de obra; y iv) Existe una laxitud en los requerimientos del reconocimiento de existencia de edificaciones en comparación con los de la licencia de construcción. De esta manera, este artículo se convierte también en una reflexión para optar por ejercicios de concienciación ciudadana que vayan más allá de la interposición de sanciones de carácter policivo, entendiendo que la normatividad urbana aparece para generar garantías en los procesos constructivos y legalidad para los colombianos.