Proceso de liquidacion de aforo y regimen sancionatorio en materia fiscal en colombia
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Resumen
En el presente trabajo de metodología cualitativa bibliográfica descriptiva centró su quehacer en el proceso de aforo y su régimen sancionatorio, estas últimas respaldadas o defendidas por las altas cortes en defensa del estado o del ciudadano según el caso, pues en Colombia, los impuestos son de carácter obligatorio, y es el gravamen sobre los ingresos generados por las personas jurídicas o naturales que cumplan con los requisitos de estos. La ley 624 de 1989 estableció el Estatuto Tributario Colombiano, que contiene las normas y procesos que regulan la mayoría de los aspectos formales y sustanciales del recaudo de impuestos; corresponde al Congreso de la República establecer los impuestos en Colombia y por designación del Señor Presidente de la República, es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la encargada de reglamentar y dar cumplimiento a las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. Si una persona por cualquier motivo no cumple con el deber de presentar la declaración de renta, la DIAN le emplaza y le da un mes para que lo haga sin que le sancione, pero si no lo hace, comienza un proceso llamado AFORO, que su proceso es sancionatorio y tiene una duración de cinco años para hacerlo. Los actos administrativos de la DIAN , están respaldados por las Sentencias que al respecto emitan las altas cortes, (Corte Constitucional y/o Consejo de Estado) igualmente cuando no se esté de acuerdo con los actos Administrativos emitidos por la DIAN, acuden a estas instancias para resolver su caso, la Corte Constitucional, analiza los lineamientos con los que se han resuelto casos referentes a la liquidación de aforo y el régimen sancionatorio y que se han establecido a través de la jurisprudencia, mientras que el Consejo de Estado se encarga de solucionar los conflictos entre el estado y los particulares o entre las mismas entidades oficiales y los ciudadanos cuando en la práctica, el recaudo y la vigilancia del pago de los impuestos han sido actividades causantes de discordia entre la autoridad tributaria y los contribuyentes.