Despenalización del aborto frente a la objeción de conciencia a partir de la sentencia C-355/06 en Colombia
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Pereira
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Podría pensarse que a partir de la sentencia C-355/06 se permitió un avance en nuestro país al despenalizar parcialmente el aborto en tres casos específicos, como son: acceso carnal violento o acto sexual abusivo, mal formación del feto que le impida vivir óptimamente fuera del vientre y riesgo de la vida de la madre; no obstante, ninguna otra circunstancia, sin importar lo trascendental que sea para la mujer, podrá ser objeto de análisis previo con el fin de realizar una técnica médica asistida tendiente a la interrupción voluntaria del embarazo –IVE-.
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Keywords
Despenalización del aborto, Objeción de conciencia, Sentencia C-355/06
