El testigo de oidas en materia civil

dc.contributor.authorParra Quijano, Jairo
dc.date2010-06-01
dc.date.accessioned2019-03-19T14:57:58Z
dc.date.available2019-03-19T14:57:58Z
dc.descriptionAparece contemplado en el número 3 del artículo 228 del C. de P. C, cuando dice:"Si la declaración versa sobre expresiones que el testigo hubiere oído, o contiene conceptos propios, eljuez ordenará que explique las circunstancias que permitan apreciar su verdadero sentido y alcance".España, el artículo 360 de la Ley de Enjuiciamiento dice: "Las partes podrán solicitar que declaren comotestigos, las personas que tengan noticias de hechos controvertidos relativos a lo que sea objeto deljuicio".El numeral 3 del artículo 370 dice: "En cada una de sus respuestas, el testigo expresará la razón deciencia de lo que diga".En otras palabras, en España no se especifica si la percepción debe provenir del declarante o de untercero que se la refirió.En Venezuela, no existe prohibición para utilizar la prueba de referencia, todo será labor de lajurisprudencia y la doctrina.Rodrigo Rivera Morales dice refiriéndose a este tipo de testigo: "Son aquellos que no relatan un hecho,sino informan sobre algo que oyeron"'.El artículo 698 del C. J. Ley 105 de 1931, decía: No tiene fuerza el dicho del testigo que depone sobrealgún punto por haberlo oído a otros, sino cuando recae la declaración sobre un hecho muy antiguo, ocuando se trata de probar la fama pública.es-ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifierhttps://revistas.unilibre.edu.co/index.php/academia/article/view/2367
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10901/12045
dc.languagespa
dc.language.isospaspa
dc.publisherUniversidad Librees-ES
dc.relationhttps://revistas.unilibre.edu.co/index.php/academia/article/view/2367/1814
dc.relation.ispartofjournalRevistas - Ciencias Sociales y Humanasspa
dc.rights.licenseAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/*
dc.sourceAcademia & Derecho; No 1 (2010): Revista Academia y Derecho; 28-32en-US
dc.sourceAcademia & Derecho; Núm. 1 (2010): Revista Academia y Derecho; 28-32es-ES
dc.source2215-8944
dc.titleEl testigo de oidas en materia civiles-ES
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501
dc.type.coarversionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85
dc.type.localArtículo Revisado por Pares Académicoses-ES

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