The National Development Plan (PND) and the Law Statutory Health (LES)
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Universidad Libre
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A propósito del debate nacional abierto sobre las decenas de iniciativas planteadas en el PND radicado ante el Congreso Nacional, podemos intentar un análisis académico sobre lo relacionado con los que nos incumbe, el tema de la Salud.
Digamos antes que nada que La ley 1751 de 2015 (conocida como LES) aprobada por el congreso así como la Sentencia de la Corte Constitucional sobre la revisión de constitucionalidad de la misma, se constituyen en uno de los adelantos más significativos que puede registrar la historia de la Seguridad Social Colombiana en los últimos cien años de vida política, pues se resaltan puntos fundamentales que surgen como cambios básicos y estructurales del actual Sistema Nacional de Salud que rige desde 1993, dándole rango constitucional a conceptos tan importantes como el cambio del sistema de aseguramiento por el de un verdadero sistema nacional de salud, en el cual es el Estado el único responsable de garantizar el derecho fundamental a la salud como un derecho individual y colectivo e irrenunciable de todos los habitantes del país sin intermediación y sin la intervención de capitales privados.
Es conveniente hacer algunas anotaciones con respecto a la Ley, ya que se considera que la sentencia de la Corte Constitucional no desvirtúa el espíritu de la ley, sino que, por el contrario, le imprime mayor consistencia de tipo jurídico y produce un cambio trascendental en la legislatura constitucional del país. La reforma fundamental es que se cambia un sistema de aseguramiento por un verdadero Sistema Nacional de Salud. La Corte además reafirma en varios apartes de la Ley la naturaleza de los dineros utilizados en el Sistema de Salud al enfatizar que son “recursos públicos asignados a la salud”, es un precedente muy importante para la lucha contra la corrupción.
A propósito del debate nacional abierto sobre las decenas de iniciativas planteadas en el PND radicado ante el Congreso Nacional, podemos intentar un análisis académico sobre lo relacionado con los que nos incumbe, el tema de la Salud. Digamos antes que nada que La ley 1751 de 2015 (conocida como LES) aprobada por el congreso así como la Sentencia de la Corte Constitucional sobre la revisión de constitucionalidad de la misma, se constituyen en uno de los adelantos más significativos que puede registrar la historia de la Seguridad Social Colombiana en los últimos cien años de vida política, pues se resaltan puntos fundamentales que surgen como cambios básicos y estructurales del actual Sistema Nacional de Salud que rige desde 1993, dándole rango constitucional a conceptos tan importantes como el cambio del sistema de aseguramiento por el de un verdadero sistema nacional de salud, en el cual es el Estado el único responsable de garantizar el derecho fundamental a la salud como un derecho individual y colectivo e irrenunciable de todos los habitantes del país sin intermediación y sin la intervención de capitales privados. Es conveniente hacer algunas anotaciones con respecto a la Ley, ya que se considera que la sentencia de la Corte Constitucional no desvirtúa el espíritu de la ley, sino que, por el contrario, le imprime mayor consistencia de tipo jurídico y produce un cambio trascendental en la legislatura constitucional del país. La reforma fundamental es que se cambia un sistema de aseguramiento por un verdadero Sistema Nacional de Salud. La Corte además reafirma en varios apartes de la Ley la naturaleza de los dineros utilizados en el Sistema de Salud al enfatizar que son “recursos públicos asignados a la salud”, es un precedente muy importante para la lucha contra la corrupción.
A propósito del debate nacional abierto sobre las decenas de iniciativas planteadas en el PND radicado ante el Congreso Nacional, podemos intentar un análisis académico sobre lo relacionado con los que nos incumbe, el tema de la Salud. Digamos antes que nada que La ley 1751 de 2015 (conocida como LES) aprobada por el congreso así como la Sentencia de la Corte Constitucional sobre la revisión de constitucionalidad de la misma, se constituyen en uno de los adelantos más significativos que puede registrar la historia de la Seguridad Social Colombiana en los últimos cien años de vida política, pues se resaltan puntos fundamentales que surgen como cambios básicos y estructurales del actual Sistema Nacional de Salud que rige desde 1993, dándole rango constitucional a conceptos tan importantes como el cambio del sistema de aseguramiento por el de un verdadero sistema nacional de salud, en el cual es el Estado el único responsable de garantizar el derecho fundamental a la salud como un derecho individual y colectivo e irrenunciable de todos los habitantes del país sin intermediación y sin la intervención de capitales privados. Es conveniente hacer algunas anotaciones con respecto a la Ley, ya que se considera que la sentencia de la Corte Constitucional no desvirtúa el espíritu de la ley, sino que, por el contrario, le imprime mayor consistencia de tipo jurídico y produce un cambio trascendental en la legislatura constitucional del país. La reforma fundamental es que se cambia un sistema de aseguramiento por un verdadero Sistema Nacional de Salud. La Corte además reafirma en varios apartes de la Ley la naturaleza de los dineros utilizados en el Sistema de Salud al enfatizar que son “recursos públicos asignados a la salud”, es un precedente muy importante para la lucha contra la corrupción.
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