El contrato de prestación de servicios estatal y su desnaturalización por parte de las entidades públicas

Resumen

Se determinó que las entidades estatales no tienen en cuenta la primacía de la realidad sobre las formas en la verdadera naturaleza del contrato de prestación de servicios estatal, por el contrario, este principio constitucional es vulnerado a causa de su desnaturalización mediante un modelo basado en la subordinación, dependencia y permanencia como elementos fundamentales de las verdaderas relaciones laborales. El ordenamiento jurídico colombiano no se encuentra debidamente integrado, por ello los silencios existentes en las normas aplicables se han suplido a partir de la jurisprudencia de las Altas Cortes que han establecido elementos rectores para establecer la naturaleza del contrato de prestación de servicios celebrado con entidades estatales. La vulneración del mencionado principio encuentra su génesis en la falta de eficacia del cuerpo normativo, con base al sustento filosófico del pensador Jürgen Habermas, en el cual lo expresado en la ley será congruente en lo percibido por la sociedad.

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Palabras clave

Naturaleza del contrato, Primacía de la realidad sobre las formas, Contrato de prestación de servicios estatal, Contrato realidad

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