EXAMEN DE LA POSICIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA SOBRE EL DERECHO LA EUTANASIA U HOMICIDIO POR PIEDAD
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Resumen
Este artículo tiene por objetivo analizar la postura de la Corte Constitucional respecto de la eutanasia, también denominada homicidio por piedad, a través de un estudio de su jurisprudencia en la materia. Se observa que el alto tribunal ha ampliado el alcance del derecho a morir dignamente, considerándolo una posible aplicación de la eutanasia. Sin embargo, dicha extensión se admite únicamente para quienes puedan demostrar su necesidad, puesto que inicialmente dicho procedimiento estaba destinado exclusivamente a pacientes terminales. El presente análisis se desarrolla mediante un método jurídico de enfoque puramente cualitativo, lo cual permite examinar la relación entre los profesionales de la salud y los pacientes terminales que desean acceder al procedimiento eutanásico. Asimismo, se fundamenta en un análisis textual centrado en el respeto al derecho de las personas a la autodeterminación, con el fin de garantizar su capacidad para tomar decisiones libres e informadas sobre su vida, su salud y su cuerpo. Se constató que Colombia se convirtió en el único país de América Latina en despenalizar el llamado homicidio por piedad en 2015, cuando el Ministerio de Salud expidió la Resolución 1216 del 20 de abril, la cual regula el procedimiento para autorizar la eutanasia en pacientes terminales que manifiesten de forma voluntaria su deseo de someterse a dicho procedimiento. Los resultados del estudio destacan que la etapa final de la vida es uno de los momentos más importantes y trascendentales para el ser humano. En esa fase, se deben garantizar las condiciones necesarias para que el paciente pueda decidir sobre aspectos fundamentales, tales como recibir o no información acerca de su estado de salud, aceptar o rechazar tratamientos terapéuticos y paliativos, descartar procedimientos fútiles, determinar quién puede acceder a su información clínica y designar a la persona que representará su voluntad. Todo ello busca proteger el derecho a una muerte digna, principio que la Corte Constitucional ha reconocido y desarrollado de forma reiterada en relación con la eutanasia o homicidio por piedad.