Impuesto sobre la renta para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en Colombia
Compartir
Fecha
Fecha
Seccional
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Resumen
El propósito de éste trabajo es describir la obligación tributaria en Impuesto sobre la Renta de los contribuyentes Personas Naturales No Obligadas a llevar Contabilidad en Colombia, el proceso declarativo y el proceso de determinación del tributo en la etapa de fiscalización. El Impuesto de Renta para Personas Naturales No Obligadas a llevar Contabilidad es un tema tributario que el Contador Público debe conocer y dominar con el propósito de dar cumplimiento al papel de funcionario público que adquiere al recibir éste titulo, es deber del Contador velar por el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, estar día a día informándose sobre las nuevas normas que rige a estos sujetos del Impuesto e identificar de manera precisa los que adquieren esta responsabilidad al finalizar cada periodo fiscal. La Constitución Colombiana, en su Titulo II capitulo 5 De los Deberes y Obligaciones artículo 95, establece, como principio fundamental, que “todos contribuirán al financiamiento e inversiones del Estado dentro de los conceptos de justicia y equidad” de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los conceptos de justicia y equidad1. Estos conceptos, junto a los relativos a la aplicación del sistema tributario, se establece mediante el decreto 624 de 1989 (30 de marzo de 1989). "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales" El Impuesto sobre la Renta debe coadyuvar decididamente a su cumplimiento, debido a su importancia recaudatoria. La importancia para el país de que la Administración de Impuestos aumente cada año la cobertura administrativa para declarantes de ingresos menores radica en que una de las principales fuentes de ingreso para el Estado esta compuesto por éste concepto. En la actualidad con el sólo hecho de ser un asalariado o trabajador independiente se adquiere la obligación a declarar renta, quien no declare oportunamente se expone a ser sancionado económicamente, para la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales los llamados omisos, son las personas que se resisten a declarar y pagar el tributo, estando obligados a hacerlo por reunir las condiciones establecidas en las normas tributarias, el castigo económico será cada vez más fuerte. El mismo Estado les hará la declaración, que se llama de aforo y la sanción actualmente es 20 por ciento sobre los ingresos brutos. Al ser el Contador Público el funcionario del Estado ante el contribuyente debe crear el sentido de pertenencia de éste con el Estado y tributar, dentro del ámbito legal y oportuno y de ésa manera contribuir con el funcionamiento del Estado y evitarse situaciones delicadas. "Es mejor cumplir voluntariamente con la obligación tributaria que hacerse acreedor a las sanciones emitidas por el Estado”.
