la responsabilidad patrimonial del estado por daños ambientales con fundamento en la constitución de 1991 y el bloque de constitucionalidad.

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2021

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Cúcuta

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Resumen

La responsabilidad del Estado no es un asunto nuevo ni que requiera de nuevas conceptualizaciones. No obstante, aplicar esta figura a los daños ambientales requiere de un análisis normativo y jurisprudencial importante. Para esto, la falla del servicio y el riesgo excepcional en materia de responsabilidad extracontractual del Estado, sirvieron como herramienta para determinar, en primer lugar, el fundamento normativo y jurídico de la Responsabilidad patrimonial del Estado en materia de daños ambientales y la aplicación directa de esta como título de imputación, de tal manera que, al configurarse estos elementos en un posible daño medioambiental, los afectados por este, habiéndose atribuido la titularidad de este derecho, pueden demandar la reparación de este daño; sin embargo, en tanto que es imprescindible un castigo por contaminar el ambiente, también es importante aducir que existen causales de exoneración de responsabilidad. Para lograr los objetivos planteados en esta investigación se procedió a analizar la Constitución Política de 1991, el acervo normativo nacional pertinente y la normatividad internacional respectiva.

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Palabras clave

Responsabilidad del Estado, responsabilidad patrimonial, daño ambiental, daño ecológico, normativa nacional, normativa internacional

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