Pleito pendiente internacional. Una mirada desde el tribunal europeo de derechos humanos
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Universidad Libre Sede Cartagena
Resumen
Descripción
This article addresses the conventional admissibility of “No International Pending Lawsuit”. From a basic, descriptive and deductive research we obtain the result of this analysis, which allows us to understand the concept of international pending lawsuit; and the general goal of identifying the lines of argumentation of the European tribunal of human rights and the European commission of human rights when a state proposes the inadmissibility of the lawsuit based on an international pending dispute. As a result a international pending lawsuit takes place when there exists identity between the parties, the complaint and the facts, plus, it is filed before an international court that is public and judicial or quasi-judicial with procedures of a contentious and contradictory nature.
Este artículo aborda el elemento de admisibilidad convencional de “no pleito pendiente internacional”. A partir de una investigación básica, descriptiva y deductiva se obtiene el resultado de este análisis, el cual permite abordar tanto la cuestión de qué debe entenderse por pleito pendiente internacional; y el objetivo general de identificar las líneas de argumentación de el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión Europea de Derechos Humanos cuando un Estado propone la inadmisibilidad de la demanda alegando pleito pendiente internacional. Como resultado se obtuvo que se está en presencia de pleito pendiente internacional cuando existe identidad entre las partes, la queja y los hechos, y además, se tramita ante un instancia internacional que sea pública y judicial o cuasi judicial, siendo sus procedimientos de naturaleza contenciosa y contradictoria
Este artículo aborda el elemento de admisibilidad convencional de “no pleito pendiente internacional”. A partir de una investigación básica, descriptiva y deductiva se obtiene el resultado de este análisis, el cual permite abordar tanto la cuestión de qué debe entenderse por pleito pendiente internacional; y el objetivo general de identificar las líneas de argumentación de el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión Europea de Derechos Humanos cuando un Estado propone la inadmisibilidad de la demanda alegando pleito pendiente internacional. Como resultado se obtuvo que se está en presencia de pleito pendiente internacional cuando existe identidad entre las partes, la queja y los hechos, y además, se tramita ante un instancia internacional que sea pública y judicial o cuasi judicial, siendo sus procedimientos de naturaleza contenciosa y contradictoria
