Responsabilidad civil de directores y administradores y su aseguramiento

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2007

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Pereira

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Resumen

Nuestra Carta Magna establece la responsabilidad de los particulares solamente por infringir la ley y señala para los funcionarios públicos responsabilidad por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones1 . Así mismo la Constitución Política en su artículo 333 establece lo siguiente: “La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades”.

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Palabras clave

Responsabilidad civil, Directores, Administradores, Aseguramiento

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