Alternativas legales Frente a la negativa del Investigado para la obtención de muestras y cotejo para ADN en delitos sexuales
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Resumen
El Proceso Penal Oral Acusatorio se caracteriza por su etapa de indagación e investigación, en la cual el Código de Procedimiento Penal otorga facultades a la Fiscalía General de la Nación y a la Policía Judicial para llevar a cabo acciones investigativas y acusar a los presuntos responsables de delitos. En esta primera etapa, la Policía Judicial actúa bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía, desempeñando un papel fundamental en la identificación, recolección y embalaje de elementos materiales probatorios (EMP) y evidencia física (EF) que sean relevantes para el proceso. Sin embargo, en casos que involucran delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, puede surgir un problema cuando se requiere obtener muestras de fluidos corporales, cabellos, vello púbico u otros elementos relacionados con el ADN del imputado. Aunque se cuente con la autorización judicial correspondiente, el investigado puede negarse a cooperar, amparándose en sus derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad, a no auto incriminarse, a la presunción de inocencia y a no declarar contra sí mismo. Esta negativa plantea un desafío para el Estado en su búsqueda de administrar justicia y evitar la impunidad. Ante esta situación, surge el interés de explorar otras alternativas dentro del Proceso Penal Acusatorio que permitan suplir la renuencia del individuo a la toma y cotejo de muestras de ADN obtenidas de una víctima de delito sexual. Además, resulta relevante comparar cómo otros estados han abordado este problema y qué medios de prueba adicionales han utilizado en sus investigaciones.
