Implicaciones jurídicas del divorcio y la cesación de efectos civiles el matrimonio religioso unilateral
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Resumen
El legislador estructuro bajo la garantía de taxatividad, las causales que permiten adelantar los trámites de divorcio y/o cesación de efectos civiles del matrimonio, decisión que se fundamenta en el concepto de familia del código civil de 1873. En atención a ello, el nuevo proyecto de ley que busca incluir la “voluntad individual” de uno de los conyugues como causal idónea que permite adelantar la presente acción, debe ser estudiada bajo la concepción teleológica, donde se podrá traer a la actualidad el fin con que el legislador pretendió la creación de la norma y con ello, establecer si la misma se adecua a los preceptos socio-normativos que ofrece el garantismo jurídico.
En atención a ello, el presente articulo estudia los antecedentes del divorcio, para así, correlacionar los valores y principios que por generaciones han regido esta institución y mirar, si los mismos se adecuan al proyecto de ley que busca incluir la causal (sesión unilateral) como elemento que protege el libre desarrollo de la personalidad de quien no quiere seguir manteniendo su vínculo filiar, permitiendo la terminación de los efectos consecuentes del contrato, la no distinción de un cónyuge culpable, libertad ante la autonomía de la voluntad, continuidad con proyectos de vida con los que el accionante se sientan más identificado. Tema que genera gran debate, debido a que puede ser utilizado como mecanismo que desmaterializa el fin proteccionista de la institución matrimonial.
