Mecanismo de revisión del contrato estatal regido prevalentemente por el derecho privado por alteración injustificada de la conmutatividad
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Resumen
Los contratos que celebren las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación Pública, conforme lo establece el artículo 13 de dicho estatuto, salvo algunas excepciones se rigen por las disposiciones civiles y comerciales pertinentes. Esta característica de los contratos estatales suele generar confusión en los mecanismos de revisión de dichos contratos frente al surgimiento de controversias con ocasión de la ruptura de la conmutatividad en los contratos. A través de la jurisprudencia reciente del Consejo de Estado, se han resuelto controversias contractuales surgidas con ocasión del rompimiento de dicha ecuación contractual obedeciendo a diversas causas. Al respecto, frente a la existencia de innumerables pronunciamientos judiciales, publicaciones doctrinales y ejercicios académicos, es persistente el error conceptual de los intervinientes en cuanto a tres aspectos fundamentales, que, si bien están relacionados, no son sinónimos, siendo estos, la teoría de la imprevisión y el desequilibrio económico de los contratos. Utilizando una metodología descriptiva, explicativa con enfoque cualitativo, a partir del análisis de una muestra de jurisprudencia reciente del Consejo de Estado, se busca identificar los yerros conceptuales recurrentes en las acciones contractuales iniciadas por contratistas que demandan el restablecimiento del equilibrio económico del contrato estatal regido por el derecho privado, para hacer precisión en la interpretación de las instituciones jurídicas aplicables y a partir de ello proponer un mecanismo de revisión de los contratos estatales regidos por el derecho privado, que permita a los sujetos contractuales identificar hechos que configuren situaciones previstas en las disposiciones jurídicas bajo estudio y evitar no solo el surgimiento de acciones contractuales fallidas, sino el éxito de estas cuando se haga una revisión e interpretación adecuada.
