Estabilidad ocupacional reforzada: Garantía constitucional que se extiende a los contratos de prestación de servicio

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2021

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Pereira

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Resumen

La estabilidad ocupacional reforzada nació como una figura protectora de los derechos ocupacionales en la Constitución de 1991, la cual se encuentra extremamente vinculada con varios mandatos constitucionales como un derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas, articulando un sistema jurídico completo y en concordancia con los tratados internacionales que sobre el asunto ha ratificado Colombia. En este sentido, los diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional han generado un gran desarrollo, plasmando con claridad en sus sentencias el alcance que tiene este derecho, y la interpretación que se le ha dado en el transcurso del tiempo. Esta Corte se ha encargado, a través de sus providencias, de despejar interrogantes tales como los parámetros que sigue la Corte Constitucional para aplicar el principio de estabilidad ocupacional reforzada en contratos de prestación de servicios, además de identificar con puntualidad a qué se refiere el término debilidad manifiesta, es decir, en qué circunstancias concretas un empleado con orden de prestación de servicios podría estar enfrentado a una situación de vulnerabilidad, y en tal caso la viabilidad de reclamar ante la justicia por una estabilidad reforzada que le garantice una permanencia en el empleo mientras se configuren o continúen las razones que dieron origen a esa situación, o se genere una causal objetiva de terminación de contrato.

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Palabras clave

Contrato de prestación de servicios, Estabilidad ocupacional reforzada, Debilidad manifiesta, Corte Constitucional

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