Establecimiento Del Papel De Los Empleadores En El Fomento Y Desarrollo De Las Garantías Para El Ejercicio Del Derecho A La Libre Asociación Sindical De Los Trabajadores Asociados Al Sindicato Nacional De Trabajadores Del Sistema Agroalimentario –SINALTRAINAL

dc.contributor.advisorDe Quesada Varona, Josué Otto
dc.contributor.authorVargas Pirateque, Danna Magaly
dc.coverage.spatialBogotáspa
dc.creator.emailvargas_danna10@hotmail.com
dc.date.accessioned2019-09-24T15:26:33Z
dc.date.available2019-09-24T15:26:33Z
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dc.description.abstractSegún la querella con referencia de radicado No. 25007883 del 25 de febrero del 2011 se presentó la vulneración del derecho a la libre asociación sindical de los trabajadores vinculados con las multinacionales Coca Cola, Transportadora Comercial Colombia –TCC- y Supertiendas y Droguerías Olímpica S.A (entre los años 1995 y 2014) que se encuentran asociados en el Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario – SINALTRAINAL- (en adelante SINALTRAINAL), en la ciudad de Bogotá D.C. El empleador no les brinda la seguridad y las garantías necesarias que legalmente se les reconocen para poder ejercer su derecho constitucionalmente amparado en el artículo 39 de la norma superior; por el contrario, realiza acciones encaminadas a dilatar el proceso de asociación y reunión de los trabajadores al sindicato, violando las -disposiciones prescritas- en el artículo (200) del Código Penal. La Constitución Política de Colombia en su artículo 39 establece el derecho de asociación sindical y en desarrollo de ese precepto constitucional, el Código Sustantivo del Trabajo establece a lo largo de su articulado varias garantías1 para que ese derecho pueda ser ejercido a plenitud por los trabajadores. En varias ocasiones algunas empresas y multinacionales del sector agroalimentario del país realizan acciones2 que van en contra vía del fin esencial de la ley, lo que presupone irregularidades en el ejercicio de los derechos de negociación colectiva y huelga por parte de los trabajadores sindicalizados, que son requisito sine qua non para que el derecho de asociación sindical se ejerza de manera plena. De igual forma el Estatuto Superior, en concordancia con el talante neoliberal que inspiró su creación en 1991, consagra en su artículo 333 el reconocimiento de la autonomía y la libertad de empresa, que en un sentido más amplio, le permite a compañías tanto nacionales como extranjeras en Colombia regirse por sus propios estatutos y crear sus propios reglamentos internos de trabajo3; lo cual no constituye un respaldo para los derechos de los trabajadores ya que el extremo más fuerte de la relación laboral (empleadores) se encuentra revestido de facultades que en algunos casos pone en desventaja4 al extremo más débil (trabajadores) desequilibrando la balanza de dicha relación, lo que desencadena un detrimento del derecho a la libre asociación sindical5 en el sector agroalimentario colombiano. En el mes de diciembre de 2015 en las instalaciones de SINALTRAINAL en Bogotá, se realizó la observación científica con la finalidad de evidenciar el comportamiento del derecho a la libre asociación sindical de los trabajadores del sector agroalimentario de nuestro país, observando 50 documentos compuestos de querellas administrativas instauradas ante el Ministerio del Trabajo denuncias penales que fueron interpuestas ante la Fiscalía General de la Nación, procesos llevados a cabo ante las jurisdicciones ordinaria laboral y penal, procesos por responsabilidad del empleador que tuvieron su curso en cortes federales de los estados Unidos de América. Para lo anterior se estableció un plan de observación siguiendo tres categorías que forman parte del derecho a la libre asociación sindical: los derechos de los trabajadores tanto individuales como colectivos, el derecho de sindicalización y la negociación colectiva. Una vez realizado el ejercicio de observación científica se pudo concluir que el derecho a la libre asociación sindical contemplada en el artículo 39 de la Constitución Política de Colombia para todos los trabajadores sindicalizados sufre graves vulneraciones en el sector agroalimentario por parte del empleador. Éste para demostrar su descontento y obstaculizar el derecho de los trabajadores realiza maniobras tendientes a menoscabar los derechos individuales y colectivos de los asalariados. Entre las conductas más reiteradas que se pudieron evidenciar se encuentra la terminación unilateral del contrato de trabajo sin indemnización y sin justa causa, seguido del detrimento de las condiciones dignas de trabajo con respecto a trabajadores que no se encuentran sindicalizados. Lo anterior representa un claro detrimento al derecho de asociación de los trabajadores y constituye lo que la Corte Constitucional denomina “persecución sindical”6 puesto que las conductas anteriormente descritas atentan contra el mínimo vital, la estabilidad laboral y promueven la desafiliación de los miembros contra los cuales recaen dichos actos. Otra de las conductas evidenciadas que recaen sobre los trabajadores pero que afectan directamente a la organización sindical es el no pago de las cuotas de aporte sindical atentando contra la existencia misma del sindicato ya que los recursos para el funcionamiento de estas organizaciones provienen principalmente de las cuotas sindicales que aportan los afiliados y que están a cargo del empleador. Los comportamientos descritos constituyen una grave vulneración al derecho de asociación sindical desde el punto de vista individual y colectivo. Igualmente, las garantías del derecho de asociación sindical sufren detrimentos en grandes proporciones debido a las maniobras dolosas realizadas por el empleador y que, en la gran mayoría de las situaciones, van más allá de los meros derechos laborales de los trabajadores. En 46 situaciones de las 50 analizadas el empleador orquestó amenazas contra la vida e integridad personal líderes sindicales, miembros de la organización en general y sus familias. Situaciones que algunos de los casos fueron agrupados en demandas que fueron llevadas a tribunales federales de los Estados Unidos de América y quejas ante la Oficina Internacional del Trabajo. Sin desconocer las demás conductas, las amenazas contra la vida e integridad de los miembros del sindicato y sus familias constituyen la más aberrante y hostigarte represión patronal tendiente a exterminar desde sus bases las organizaciones sindicales. Estas situaciones generan miedo, inseguridad, zozobra y temor dentro de los asalariados que no van a querer hacer uso de su derecho de asociación y propicia la masiva desafiliación de los que ejercen el derecho. Es importante mencionar el vergonzoso segundo lugar que ocupa Colombia en un informe de 20077 de amnistía internacional sobre la situación del sindicalismo en el mundo. En temas relacionados con muerte a sindicalistas, tan solo es superado por Guatemala y es considerado como uno de los “países más inseguros para ser sindicalista”8. El empleador en algunos casos no reconoce los permisos remunerados para que los miembros puedan asistir a las actividades sindicales, situación que constituye una vulneración a las garantías contempladas en el artículo 39 de la norma superior para el ejercicio del derecho. También es evidente la omisión del empleador por reconocer el fuero sindical de los trabajadores que gozan de dicho beneficio, puesto que realiza despidos sin tener en cuenta que para ellos el ordenamiento jurídico prevé un procedimiento especial que debe ser llevado a cabo ante un juez laboral. Finalmente, la negociación colectiva, uno de los componentes doctrinales básicos del derecho de asociación sindical y del derecho colectivo del trabajo9 también sufre un detrimento considerable en el sector agroalimentario colombiano debido a conductas reacias del empleador. La primera de ellas es el incumplimiento de los acuerdos, toda vez que el empleador hace caso omiso a los compromisos que adquiere con los sindicalizados sobre condiciones de trabajo y éstos se ven obligados a interponer querellas y recursos ante autoridades jurisdiccionales y el Ministerio del Trabajo en busca de soluciones que obliguen al empleador a cumplir con lo acordado. En una proporción no tan amplia como la situación descrita anteriormente, el empleador no asiste a las negociaciones colectivas y se niega a negociar el pliego de peticiones con los trabajadores, lo que favorece el detrimento de uno de los principios rectores del derecho de asociación sindical como lo es la negociación.spa
dc.description.sponsorshipFacultad de Derecho - Centro De Investigaciones Sociojurídicasspa
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dc.relation.referencesALBIOL MONTESINOS, Ignacio y SALA FRANCO, Tomas. Derecho Sindical. Novena edición. Valencia: Editorial Tirant Lo Blanch, 2013. 822 págs.spa
dc.relation.referencesANTUNES, Ricardo. ¿Adiós al Trabajo? Ensayo Sobre la Metamorfosis y la Centralidad Del Mundo Del Trabajo. Brasil.: Editorial Cortez, 2001. Pág 75.spa
dc.relation.referencesARAGÓN REYES, Manuel. Libertades económicas y Estado Social. Madrid: Editorial McGraw Hill, 1995. 111 págs.spa
dc.relation.referencesARAGÓN REYES, Manuel. Constitución y modelo económico, capítulo del libro Homenaje a Carlos Restrepo Piedrahita: Simposio internacional sobre derecho del Estado. Tomo II. Bogotá D.C.: Editorial Universidad Externado de Colombia, 2001.spa
dc.relation.referencesARANGO, Rodolfo. Derechos, constitucionalismo y democracia: Serie de teoría jurídica y filosofía del derecho. Edición No. 1. Bogotá D.C.: Editorial Universidad Externado de Colombia, 2004. 215 págs.spa
dc.relation.referencesARCHILA NEIRA, Mauricio. Lo social y lo político en Colombia (1958-2000) [en línea]. <http://www.bdigital.unal.edu.co/1431/5/04CAPI03.pdf> [citado el 17 de octubre de 2015].spa
dc.relation.referencesBENAVIDES GUTIÉRREZ, Amparo: Estado del derecho de asociación sindical en Colombia. Bogotá D.C., 2011, 46 págs. Trabajo de grado (Abogado). Universidad Libre. Facultad de Derecho.spa
dc.relation.referencesBOBBIO, Norberto. Teoría general del derecho. Bogotá D.C.: Editorial Temis, 2013. 300 págs.spa
dc.relation.referencesCAMPOS RIVERA, Domingo. Derecho laboral. Séptima edición. Bogotá D.C.: Editorial Temis, 2003. 537 págs.spa
dc.relation.referencesCASTRO DE CIFUENTES. Marcela. Derecho Comercial: Actos de comercio, empresas, comerciantes y empresarios. Única edición. Bogotá D.C.: Editorial Temis, 2009. 856 págs.spa
dc.relation.referencesCOLOMBIA, Constitución Política. Bogotá D.C.: Editorial Legis, 2014. 329 págs.spa
dc.relation.referencesDE MERA OLAYA, Diana; CASTRO BUENO, Francy: Garantías del derecho de asociación sindical en el marco de los TLC. Bogotá D.C., 2012, 74 págs. Tesis de grado (Especialista en derecho del Trabajo). Universidad la Gran Colombia. Facultad de Postgrados y Formación Continuada.spa
dc.relation.referencesDÍAZ QUINTERO, Doris; TASCÓN SALGADO, Edna Carolina: Garantías del derecho de asociación sindical en el marco de los TLC. Bogotá D.C., 2012, 74 págs. Trabajo de grado (Abogado). Universidad la Gran Colombia. Facultad de Derecho.spa
dc.relation.referencesDUEÑAS RUIZ, Óscar José. Salud, pensiones y trabajo en el nuevo derecho constitucional. Santafé de Bogotá: Ediciones librería del profesional, 1999. 633 págs.spa
dc.relation.referencesESCUDERO CASTRO, Silvio. Curso de derecho colectivo del trabajo. Tercera edición. Bogotá D.C.: Ediciones Librería del Profesional, 2001. 513 págsspa
dc.relation.referencesFERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Roberto. Nuevos tiempos para el movimiento sindical: balance y retos a comienzo del siglo XXI. En: Revista Pecvnia. No. 7 (2008); 112 págs. ISSN 1699-9495spa
dc.relation.referencesGARCÍA, Dayana Milena; CAMBAR, María Lourdes; LINARES, Yanneth; ARCHILA William; ROZO, Ana Milena: La negociación colectiva en Colombia. Bogotá D.C., 2011, 103 págs. Trabajo de grado (Abogado). Universidad Libre. Facultad de Derecho.spa
dc.relation.referencesGOMEZ G., Pablo Edgar. Los derechos de trabajador en Colombia. Tercera edición. Medellín.: Ediciones Académicas, 1974. 146 págs.spa
dc.relation.referencesGUERRERO FIGUEROA, Guillermo. Teoría general del derecho laboral. Séptima edición. Bogotá D.C.: Editorial Leyer, 2008. 1137 págs.spa
dc.relation.referencesISAZA CADAVID, Germán. Derecho Laboral Aplicado. Tercera edición. Santa Fe de Bogotá: Editorial Leyer, 1999. 578 págsspa
dc.relation.referencesKIMBLE, Charles; HIRT, Edward; HOSCH, Armon. Psicología social de las Américas. México D.F.: Editorial Pearson Educación, 2002. 567 págsspa
dc.relation.referencesMIJAILOV, Mijaíl Ivánovich. La revolución industrial. Bogotá D.C.: Editorial Panamericana, 2004. 107 págs.spa
dc.relation.referencesOSTAU DE LA FONT DE LEÓN, Francisco Rafael. Tratado de derecho del trabajo: Nuevo derecho sindical, derecho laboral colectivo. Tomo II. Tercera edición. Bogotá D.C.: Editorial Ibáñez, 2006. 1567 págs.spa
dc.relation.referencesOSTAU DE LA FONT DE LEÓN, Francisco Rafael. Tratado de derecho laboral: Colectivo. Tomo II. Santa Fe de Bogotá D.C.: Ediciones Ciencia y Derecho, 1994. 431 págs.spa
dc.relation.referencesVALLEJO CABRERA, Fabián. El derecho de huelga y conceptos afines calificación judicial de la huelga por los tribunales. Medellín: Editorial librería jurídica Sánchez, 2009. 463 págs.spa
dc.relation.referencesGUERRERO FIGUEROA, Guillermo. Teoría general del derecho laboral. Séptima edición. Bogotá: Editorial Leyer, 2008. 1137 Págs.spa
dc.relation.referencesVAZQUEZ VIALARD, Antonio. Tratado de derecho del trabajo. Tomo I. Segunda edición. Madrid: Atenea Ediciones, 1982. 771 Págs.spa
dc.relation.referencesCOLOMBIA, Fiscalía General de la Nación. Querella con referencia de radicado No. 6000049200600780 del 7 de febrero de 2006.spa
dc.relation.referencesCOLOMBIA, MINISTERIO DEL TRABAJO. Querella administrativa con referencia de radicado No. 25007883 del 25 de febrero del 2011.spa
dc.relation.referencesCOLOMBIA, MINISTERIO DEL TRABAJO. Querella administrativa con referencia de radicado No. 212781 del 9 de diciembre de 2014.spa
dc.relation.referencesCOLOMBIA, Senado de la República. Decreto ley 2663 (05 de agosto de 1950), por la cual se expide el Código Sustantivo del Trabajo. Diario oficial No. 27.107. Santa Fe de Bogotá D.E., 1950.spa
dc.relation.referencesJUAREZ, Raúl. Diccionario laboral: con conceptos laborales de la legislación mexicana, española y estadounidense. México D.F.: Carro Editorial, 2013. 588 Págs.spa
dc.relation.referencesRAFFAGHELLI, Luis. Elementos de la libertad sindical en estos tiempos. En: MEIK, Moisés et al. Trabajo y derechos: Miradas críticas en dimensión jurídica, social y jurisprudencial. Buenos Aires: Editorial Rústica, 2004. 974 Págs.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante el despacho del Dr. Mario Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 098058. Fecha: 18 de abril de 2007.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 102697. Fecha: 2 de octubre de 2007.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 760016000193200914514. Fecha: 13 de enero de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20096111683332. Fecha: 14 de abril de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante el despacho del Dr. Guillermo Mendoza Diago, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 20096111780342. Fecha: 11 de noviembre de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante el despacho del Dr. Guillermo Mendoza Diago, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 20096112070742. Fecha: 14 de octubre de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 200961112153892. Fecha: 4 de marzo de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 110159. Fecha: 7 de junio de 2009spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20096110570202. Fecha: 27 de mayo de 2009spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20096110834292. Fecha: 1 de octubre de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20096110513372. Fecha: 16 de junio de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 760016000193200911724. Fecha: 6 de noviembre de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada bajo el programa de protección del Ministerio de Interior y de Justicia ante el despacho del Dr. Mario Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 200961110550662. Fecha: 26 de marzo de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20106110453252. Fecha: 3 de mayo de 2010.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante el despacho del Dr. Mario Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 114779. Fecha: 8 de mayo de 2008.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante el despacho del Dr. Mario Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, con radicado No. 128771. Fecha: 31 de enero de 2008.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20086111310372. Fecha: 10 de noviembre de 2008.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 6800160200703626. Fecha: 30 de agosto de 2007spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20086111744512. Fecha: 8 de agosto de 2008.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 200961110111172. Fecha: 5 de marzo de 2009.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 20086111183532. Fecha: 24 de noviembre de 2008.spa
dc.relation.referencesDenuncia instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 680016000160200705626. Fecha: 23 de marzo de 2007.spa
dc.relation.referencesDenuncio interpuesto ante el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo), con radicado No. 25007883. Fecha: 25 de febrero de 2011.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 200100719764 ante el juzgado 22 laboral del circuito de Medellín. Fecha: 23 de enero de 2001.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 200000086352 ante el juzgado quinto laboral del circuito de Bucaramanga. Fecha: 7 de diciembre de 2001.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 0500131050032002107700 ante el juzgado 11 laboral del circuito de Medellín. Fecha: 27 de octubre de 2003.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 2009-00526 ante el juzgado cuarto laboral del circuito de Bogotá. Fecha: 8 de septiembre de 2009spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 0500131050032002107900 ante el juzgado 11 laboral del circuito de Medellín. Fecha: 28 de enero de 2003.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 0500131050032002107900 ante el juzgado quinto laboral del circuito de Medellín. Fecha: 12 de octubre de 2004spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 0500131050032002044100 ante el juzgado 16 laboral del circuito de Medellín. Fecha: 18 de agosto de 2006.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 0500131050042005308200 ante el juzgado cuarto laboral del circuito de Medellín. Fecha: 5 de abril de 2005.spa
dc.relation.referencesProceso laboral No. 050013105003200200900 ante el juzgado 13 laboral del circuito de Medellín. Fecha: 3 de junio de 2005.spa
dc.relation.referencesProceso penal No. 2002-50617 ante el juzgado primero penal del circuito de Cali. Fecha: 10 de enero de 2002.ispa
dc.relation.referencesQueja interpuesta ante la Oficina Internacional del trabajo. Caso No. 2595. Fecha: 5 de julio de 2006spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo con radicado No. 050802. Fecha: 5 de agosto de 2011.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo) con radicado No. 001012. Fecha: 5 de abril de 2010spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo) con radicado No. 001819. Fecha: 4 de febrero de 2009.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio del Trabajo) con radicado No. 25017008. Fecha: 2 de diciembre de 2008.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo, con radicado No. 166109. Fecha: 6 de mayo de 2014.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo, con radicado No. 186241. Fecha: 18 de septiembre de 2013.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social con radicado No. 1575. Fecha: 9 de septiembre de 1999.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo, con radicado No. 1001. Fecha: 11 de septiembre de 2002.spa
dc.relation.referencesQuerella administrativa interpuesta ante el Ministerio del Trabajo, con radicado No. 212781. Fecha: 9 de diciembre de 2014.spa
dc.relation.referencesQuerella instaurada ante la Fiscalía General de la Nación con radicado No. 4273. Fecha: 11 de agosto de 1997spa
dc.relation.referencesQuerella instaurada ante la Fiscalía 29 regional Cúcuta con radicado No. 10702. Fecha: 15 de mayo de 1995.spa
dc.relation.referencesQuerella instaurada ante la Fiscalía 32 regional Bucaramanga con radicado No. 8170. Fecha: 3 de marzo de 1999.spa
dc.relation.referencesQuerella instaurada ante la Direccional de Fiscalía, unidad de derechos humanos, con radicado No. 164. Fecha: 9 de diciembre de 1999.spa
dc.relation.referencesUnited States Court of Appeals for the elevent circuit No. 0615851. August 11, 2009eng
dc.relation.referencesUnited States District Court for the southern district of Florida. September 29, 2006.eng
dc.relation.referencesUnited States District Court, southern district of Florida. July 20, 2001.eng
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