Especialización en Derecho de Familia
URI permanente para esta colecciónhttp://localhost:4000/handle/10901/20716
Examinar
28 resultados
Resultados de la búsqueda
Item type:Ítem, Reconocimiento de la sociedad patrimonial en Colombia, en las Familias PoliamorosasFigueroa, Diana; Daza, BelisarioEn este hablaremos sobre el reconocimiento del régimen patrimonial derivado de una unión marital de hecho las familias poliamorosas. En Colombia actualmente no existe un reconocimiento jurídico de las sociedad patrimonial para este tipo de familias, ya que está principalmente orientado a parejas que tienen una estructura tradicional de familia, es decir parejas heterosexuales casadas o con uniones maritales de hecho, lo cual excluye a las familias poliamorosas. No existe un marco legal que otorgue a las familias poliamorosas, donde existe una relación consensuada y afectiva entre tres o más personas, los mismos derechos y beneficios que a las parejas casadas o en uniones maritales de hecho, dado que las leyes y regulaciones aún no reconocen este tipo de familias en Colombia, lo cual implica la falta de acceso a la seguridad social, la ausencia de derechos de pensión de sobrevivientes para los miembros de la familia en caso de fallecimiento de uno de ellos, y la falta de cobertura de salud conjunta. Dicho reconocimiento es importante por varias razones, entre ellas, se daría una protección legal, el reconocimiento de la sociedad patrimonial permitiría que las parejas poliamorosas tengan protección legal en términos de herencia, propiedad conjunta y derechos sucesorios, igualmente esto generaría una estabilidad económica ya que los miembros pueden administrar conjuntamente sus recursos financieros, invertir en propiedades o negocios, permitiendo planificar su futuro económico en conjunto, igualmente el reconocimiento legal de la sociedad patrimonial garantiza que los miembros de la familia tengan acceso a los beneficios y protecciones que la ley brinda a las parejas casadas o en relaciones reconocidas, en caso que este tipo de familias procrearan, el reconocimiento de la sociedad patrimonial podría proporcionar una mayor seguridad y estabilidad para ellos y sus descendientes, por otra parte dicho reconocimiento les permitirá también incluir la protección de sus derechos de herencia, la posibilidad de obtener beneficios de seguridad social, acceso a la atención médica y educación, entre otros aspectos importantes para su bienestar, y por último les permitirá gozar de una visibilidad y de la aceptación social ya que al otorgarles un marco legal, se enviaría un mensaje de reconocimiento y respeto hacia estas relaciones, fomentando una sociedad más inclusiva y diversa.Item type:Ítem, Efectos de la falta de reconocimiento legal de la multiparentalidad en la garantía del interés superior de los niños, niñas y adolescentes en Colombia.Rodríguez García, Anna Kristina; Neira Peña, Diana Elizabeth; Bocanegra Acosta, HenryLa presente investigación muestra como en la actualidad, debido a los grandes cambios que enfrenta la sociedad se han modificado e implementado nuevas tipologías de familia, por lo que, nuestro sistema judicial y social se enfrenta a enormes retos para ajustarse y poder responder a las necesidades de todas las personas que conforman las nuevas estructuras familiares, así como garantizar la efectiva y completa protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que crecen en las mismas; diversas formas de familia encontramos hoy en día como por ejemplo las homoparentales, homosexuales, de crianza y las multiparentales, siendo esta última categoría el objeto de estudio de nuestro artículo de investigación. Teniendo en cuenta que la figura es poco conocida y no tiene regulación legal a nivel interno, se ha podido establecer que a través de la jurisprudencia la Corte Suprema de Justicia la ha desarrollado, reconocido y ha fijado unos elementos para que la misma se configure, por otro lado, es importante conocer como otros ordenamientos jurídicos han definido esta figura, para con base en lo anterior determinar los vacíos y falencias que tiene Colombia y así ofrecer una posible solución en aras de poder avanzar hacia una sociedad más equitativa, igualitaria y justa en temas de derechos, garantías y protección de las múltiples formas de familia, pero siempre y cuando se prime el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.Item type:Ítem, DESARROLLO NORMATIVO, JURISPRUDENCIAL Y DOCTRINAL SOBRE PATERNIDAD SOCIOAFECTIVA EN COLOMBIA: CONTRASTE DESDE EL DERECHO COMPARADORomero Reyes, Sully Yurany; Calderón Rojas, Lilibeth; Bocanegra Acosta, HenryPara precisar los alcances de la paternidad socio afectiva frente a la filiación biológica, así como los posibles conflictos que se pueden desatar a nivel jurídico y social en Colombia, el presente trabajo de investigación pretende hacer un recorrido doctrinal, normativo y jurisprudencial sobre la institución pilar de la sociedad que es la familia. Teniendo en cuenta que la filiación no está limitada solo al parentesco consanguíneo, sino que aparece también el concepto de vínculo socio afectivo, los ordenamientos jurídicos han tenido que adaptarse a las nuevas realidades para afrontar los problemas jurídicos que conlleva los nuevos tipos de familia y así proteger y garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y demás integrantes de la misma. Es por esto, por lo que surge la pregunta: ¿El desarrollo jurisprudencial, normativo y doctrinal de Colombia en materia de paternidad socioafectiva es suficiente para determinar los alcances de los derechos de hijos de crianza? Para esto, es importante realizar una investigación a partir del método socio-jurídico, el cual se complementa con el enfoque cualitativo y hermenéutico, desde un análisis interno y comparativo con otros ordenamientos jurídicos. Con la finalidad de analizar los posibles conflictos que han de suscitarse entre los derechos de hijos de crianza e hijos consanguíneos.Item type:Ítem, la importancia de la creacion del nuevo estado civil de hijo de crianza en colombiacerquera vargas, angela patricia; bocanegra acosta, henryLa presente investigación muestra como la familia, es el núcleo fundamental de la sociedad y se debe tener en cuenta en todos sus aspectos y sobre todo la familia que nace de los lazos del amor, es decir la familia de crianza, por ende, se hace necesario preguntarnos ¿Por qué se debe crear el nuevo estado civil de hijo de crianza en Colombia? La familia no se debe mirar solo bajo la óptica del ADN o la que nace por obligación del matrimonio o unión marital, de hecho, pues se debe abrir campo a la familia que nace del amor, ayuda y socorro, es decir, la familia que nace por los lasos del amor “crianza”, abriendo brecha a una nueva filiación y es la de crianza que con él lleva el nuevo estado civil. Las bases civiles nos indica que actualmente hablamos de la filiación biológica y adoptiva, no obstante, las formas convivenciales están evolucionando a ritmo acelerado y dentro de ellas, surgiendo vínculos poliamorosos que ponen en jaque los sistemas de determinación de parentesco y que desafían la concepción del concepto de familia, donde ya no se encuentran posiciones absolutas y unívocas. Siendo así, se puede establecer un prototipo de familia al que el derecho debe proteger, surgida a raíz de los fenómenos del amor y afecto que vinculan a personas que viven juntas en un mismo espacio con vocación de permanencia, es decir, la nueva familia de crianza, cuyo parentesco sería el socioafectivo, verdaderas familias que cada día nacen en nuestro territorio colombiano.Item type:Ítem, Análisis comparado del desarrollo normativo de la Maternidad Subrogada en Colombia, Brasil y Estados Unidos. *López Casteblanco, Mauricio Andrés; Florian Peña, Diana Carolina; BOCANEGRA, HENRYLa maternidad subrogada ha sido objeto de intensos debates éticos y jurídicos que lamentablemente no se han extendido con igual prodigalidad a los escenarios legislativos responsables de expedir las leyes y regular prácticas tan sensibles para los derechos de los involucrados. La dinámica en América Latina se ha caracterizado por la ausencia de normativas integrales derivadas de las instancias parlamentarias, por el contrario es común que los interesados en el procedimiento fundamenten su pretensión a partir de pronunciamientos judiciales, y en menor medida de los administrativos (Higuita, y Gómez, 2022). En Colombia por ejemplo, el Congreso no ha llevado a feliz término los proyectos de ley dirigidos a regular y reglamentar la maternidad subrogada, frustrándose varios intentos, unos prohibicionistas con la medida, otros permisivos bajos ciertos requisitos. En Brasil no fue hasta la expedición de un manual galeno que se dio vía libre a esta práctica que pese a no estar prohibida no estaba regulada. El panorama es un poco más optimista en Estados Unidos, aunque el retroceso, o progreso del impulso de la gestación asistida depende de la autonomía de cada estado a la hora de regularla. El presente trabajo ahonda en las dinámicas de la realización de la práctica aludida en los países señalados, preguntándose ¿Qué elementos comunes y cuales diferenciadores se ciernen sobre la regulación de la maternidad subrogada en Brasil, Estados Unidos y Colombia? La investigación es jurídica, el método es el comparativo y la técnica es la del análisis documental.Item type:Ítem, La violencia patrimonial en los procesos de divorcioSanchez Maestre, Jenifer; Poveda Castro, Evelin Mayerli; Bocanegra Acosta, HenryLa finalidad de realizar este trabajo es identificar el desarrollo normativo que se ha dado en Colombia respecto a la violencia económica y patrimonial, para evaluar si se están protegiendo apropiadamente los derechos de las personas en los procesos de divorcio. Está forma de violencia, impide el ejercicio de los derechos económicos reconocidos en nuestra carta magna, así como los contemplados en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Colombia como Estado social de derecho se han acogido a las normas internacionales y ha hecho parte de los diferentes espacios históricos, en los cuales se ha avanzado en la urgente tarea de erradicar la desigualdad y la discriminación en todas las formas de violencia hacia las mujeres. El problema de investigación que orientó el proceso de síntesis teórica tiene la siguiente pregunta: ¿En qué medida han sido efectivas las leyes colombianas en la prevención y sanción de la violencia patrimonial en los procesos de divorcio? Es una investigación desarrollada desde un enfoque cualitativo, en donde se analizaron textos legales y académicos que permitieron identificar los mecanismos institucionales de protección de la mujer contra las diferentes formas de violencia patrimonial en el contexto jurídico colombiano alcanzando un alcance exploratorio y descriptivo, complementándolo con tres entrevistas, donde una va dirigida a conocer la experiencia real de las mujeres víctimas de violencia patrimonial al iniciar el proceso de divorcios y las dos restantes están enfocadas a conocer la perspectiva de los funcionarios públicos que son los encargados de manejar y apoyar el proceso de violencia patrimonial y económica. La conclusión es que no solo es importante reconocer los derechos de las mujeres sobre el patrimonio y sus derechos económicos durante el divorcio o separación legal, sino que el Estado y las diferentes instancias que administran la justicia velen por el cumplimiento y el goce efectivo de estos derechos.Item type:Ítem, Efectos Jurídicos de la Unión Marital de Hecho en ColombiaAristizabal Alba, Jairo Enrique; Sierra Nuñez, Juan Carlos; Daza Gonzalez, BelisarioLa unión marital de hecho se veía solo como un simple concubinato, que a través del tiempo ha evolucionado por el número de uniones maritales que se han conformado con la finalidad con conformar una familia y tener una vida permanente. De acuerdo a la Ley 54 de 1990 regula la unión marital de hecho y el régimen patrimonial de compañeros permanentes. Por medio del artículo 42 de la Constitución Política de Colombia establece la forma de constituir una familia como lo es por vinculo natural o jurídico, y su debida protección por parte del Estado y de la Sociedad. Por medio de la jurisprudencia se hace una búsqueda para poder equiparar la unión marital de hecho con al vínculo matrimonial, en la actualidad existe una gran variedad de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia donde establece el reconocimiento de las uniones maritales de constituir un estado civil, por medio de argumentos en las respectivas normas. De acuerdo al artículo 1 del Decreto 1260 de 1970 donde establece el registro civilItem type:Ítem, ADOPCIÓN HOMOPARENTAL EN COLOMBIA: UNA MIRADA SOCIO JURÍDICA A PARTIR DE UNA REVISIÓN LITERARIA DEL PERIODO 2018 - 2022Correa Pérez, Laura Alejandra; Pérez Munera, Juliana Sofia; Daza Gonzalez, BelisarioA lo largo de los últimos años, se han realizado grandes avances en materia jurisprudencial entorno a los derechos de las parejas del mismo sexo, entre estos se destaca el derecho a la adopción reconocido por distintos países, entre ellos Colombia. El presente documento es el resultado de una revisión literaria del periodo comprendido entre el año 2018 y 2022, con la cual se busca demostrar que la adopción de parejas del mismo sexo materializa derechos civiles y políticos a menores que no cuentan con esta posibilidad, toda vez que la orientación sexual de los padres adoptivos no afecta al desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. Para ello se llevó a cabo una investigación cualitativa descriptiva, en la que por medio del análisis documental se realizó la revisión de 24 documentos conformados por trabajos de grado, artículos de revistas científicas, conferencias de lideres políticos, entre otros, con los que fue posible establecer un análisis de la situación y como resultado reconocer la ponderación de derechos que se deben tener en cuenta a la hora de hablar del tema.Item type:Ítem, ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN E IMPLICACIONES DE LA CUOTA ALIMENTARIA EN BARANOA DE 2020 A 2022Vergara, Diana; Belisario, DazaEl presente artículo es producto de un interés inmenso por exponer conceptualmente lo correspondiente a las obligaciones alimentarias en Colombia y su campo de aplicación en nuestro ordenamiento jurídico y en la realidad actual en el municipio de un municipio ubicado en el atlántico.Item type:Ítem, Excepción de Inconstitucionalidad del artículo 8° de la ley 54 de 1990, respecto de la Sociedad Patrimonial de Hecho en Colombia 1990 - 2023Ochoa Giralgo, Eliana; Moreno Álvarez, Leidy Yulieth; Daza González, BelisarioEl presente artículo académico obedece a un análisis realizado a la inconstitucionalidad del art. 8° de la Ley 54 de 1990, respecto del término de prescripción de la disolución y liquidación de la Sociedad Patrimonial de Hecho, partiendo del concepto de familia y protección que se le debe brindar a esta institución, misma que permite el surgimiento del régimen patrimonial después de dos años de convivencia, siendo reconocida al igual que el matrimonio “núcleo esencial de la sociedad” según el artículo 42 de la Constitución Política de Colombia. Dicho esto, la sociedad patrimonial de hecho que no goza de los mismos privilegios de la sociedad conyugal, lucha contra las desigualdades que la sobreviven desde hace siglos, gracias al fuerte impacto que ha tenido la religión católica en la sociedad. Como se observará el legislador quiso formalizar el concubinato en la Ley 54 de 1990, pero dejó en el limbo jurídico los derechos patrimoniales de los compañeros permanentes al imponer un término prescriptivo que a todas luces para estas profesionales del derecho es violatorio de los preceptos constitucionales, tornándose ilegítima su aplicación a tal punto, que pese haber sido objeto de control de constitucionalidad por parte de la Corte en sentencia C 114 de 1991, aún sigue vigente. De cualquier forma, el operador de justicia, aunque limitado, se ha pronunciado mediante sentencias salvaguardando en ciertos escenarios otros derechos de los compañeros permanentes (pensión, alimentos y herenciales), siendo que la unión marital de hecho persiste bajo la sombra del matrimonio sobreviviendo al estigmatismo, desigualdad e injustica que afecta en sus derechos fundamentales a sus miembros los cuales gozan de especial protección constitucional.
- «
- 1 (current)
- 2
- 3
- »