Especialización en Responsabilidad Médica
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Item type:Ítem, Acceso Indebido a la Historia ClínicaGalván Orozco, Daniela; Escobar Escobar, NataliaLa historia clínica tiene un papel fundamental en el desarrollo del ejercicio médico, puesto que como se menciona en el artículo 34 de la ley 23 de 1981 es un “registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente” que evidencia la relación médico-paciente que se puede generar en diferentes escenarios como es la consulta ambulatoria, servicio de urgencias, hospitalización y otros; consolidando información del paciente en cuanto a su estado de salud actual y todos aquellos datos que para el medico serán relevantes para establecer el diagnostico, definir una conducta terapéutica, pero además poder llevar un registro de su evolución a lo largo del tiempo y a la vez poder cotejar con los antecedentes personales en cuanto a enfermedades, cirugías, medicamentos, entre otros, hasta los antecedentes familiares que finalmente terminan siendo de gran importancia para identificar la predisposición a enfermedades de características hereditarias. La historia clínica tiene un rol muy importante en la sociedad, no solo en el ámbito asistencial, que es el más conocido, sino también en el ejercicio teórico practico que se presenta en las facultades de medicina, donde se imparten las bases para construir historias clínicas que cumplan con las características normativas; sirve además para apoyar ejercicios de investigación o aportar datos epidemiológicos que respaldan la elaboración de políticas en salud, destinación de recursos, entre otros; pero uno de sus roles más importantes es el que ejerce en los procesos legales al demostrar si existe o no responsabilidad a consecuencia de un servicio prestado.Item type:Ítem, Omisión legislativa al contrato de maternidad subrogada en ColombiaGiraldo Garcés, Luis Fernando; Corrales Soto, Jhuliana Andrea; Escobar Escobar, NataliaEl presente análisis se concentrará en referir la inexistencia de las normas jurídicas que regulen la gestación subrogada, también llamada maternidad sustituta, gestación por sustitución, alquiler de vientre, arrendamiento de vientre y/o contrato de maternidad subrogada (González & Albornoz, 2016) en Colombia, entendida esta en los términos de la sentencia T- 968 de 2009 como los actos tendientes a generar el nacimiento de un niño, por medio de alguna técnica genética o de reproducción asistida, sujeta a un pacto o contrato en favor de otras personas que se dominarán contratantes subrogados.Item type:Ítem, Consentimiento informado en menores de edadArdila Ruiz, Jorge Andrés; Chica Rojas, Jhoan Sebastian; Escobar, NataliaEn el desarrollo de la atención en salud, el consentimiento informado juega un papel relevante como el mecanismo de protección, que legitima las actuaciones clínicas y es garante de la autonomía del paciente. Dicha autonomía cambia cuando las intervenciones en salud se llevan a cabo a un menor, pues la toma de decisión recae sobre un tercero como lo son los padres y los médicos tratantes. Por ende, es de suma importancia establecer el alcance del consentimiento informado de los padres sobre los procedimientos médicos del menor que impactan en su autonomía futura, entendida como el derecho que tiene el menor para el desarrollo de su plan de vida, el libre desarrollo de su personalidad, desarrollo de sus derechos sexuales y reproductivos para garantizar el derecho a la vida y libertad del menor.Item type:Ítem, Vulneración a la salud y a la vida como derechos fundamentalesCubillos Gamboa, Marco Antonio; Escobar Escobar, NataliaEl artículo 11 de la Constitución Política de Colombia establece que “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte”. (Artículo 25, Constitución Política de 1991). Ademas establece en el artículo, posteriormente en desarrollo de la Constitución de 1991, l a Ley Estatutaria 1751 de 2015, reconoce la salud como un nuevo derecho fundamental, garantizando la dignidad humana y la igualdad de oportunidades de todos los colombianos. Desde sus comienzos la Corte Constitucional había considerado que, aunque la salud no era un derecho fundamental, podía ser exigida por medio de la acción de tutela cuando se encontraba en conexidad con el derecho a la vida, Sentencia T-597 de 1993.Pero más aún, la Corte Constitucional había declarado como fundamental este derecho desde la Sentencia T-016 de 2007, reiterado por muchas decisiones de tutela. Ahora bien, el derecho a la salud y a la vida son derechos fundamentales porque son esenciales al hombre; la salud se encuentra ligada al medio ambiente que le rodea y dependiendo de las condiciones que éste le ofrezca, le permitirá desarrollarse económica y socialmente a los pueblos garantizándoles su supervivencia. En nuestra constitución política, en su artículo 44 y 49 la salud y la seguridad social son prestaciones por estar consignados dentro de los derechos económicos, sociales y culturales. Dicho derecho a la salud en el Estado social de derecho es considerado como derecho fundamental por ser universal, irrenunciable, inherente a la persona humana, integral, integrador, esencial para la materialización de una vida digna, y con calidad y vitalidad, para la eficacia real del principio de igualdad material. Al hablar de la dualidad del derecho a la salud en Colombia, es importante decir que este se constitucionalizo de forma expresa en los artículos 44 y 49 de la Constitución Política de Colombia esta hace referencia a la consideración de este como derecho constitucional y como servicio público esencial a cargo del Estado, ya que además de presentar un rango fundamental por su conexidad con el derecho a la vida, la dignidad humana y la integridad personal. Ahora bien, desde ese marco de ideas, el derecho constitucional contribuye al desarrollo de esta temática, por cuanto permite analizar la Constitución Política de Colombia de 1991 en nuestro ordenamiento jurídico, “el ejercicio del derecho a la seguridad social ya que los servicios públicos de salud se encuentran respaldado por los artículos 7, 9 y 11 de la Constitución política de Colombia. Cabe decir que dicho derecho es menoscabado en cada momento, puesto que el servicio de atención en salud en nuestro país es precario, ya que no se cuenta con una infraestructura adecuada para la prestación del servicio y mucho menos con profesionales idóneos en la materia. Todo esto conlleva a que el derecho a la vida también se vea vulnerado. La salud al ser un derecho fundamental puede ser protegido mediante la acción de tutela cuando resulte amenazado o vulnerado y no exista otro medio idóneo de defensa judicial, presupuesto que cobra mayor relevancia cuando los afectados son sujetos de especial protección constitucional, como quienes padecen enfermedades degenerativas, catastróficas y de alto costo, entre ellas, el cáncer. Este trato diferenciado tiene fundamento en el inciso 3º del Artículo 13 de la Constitución Política y en los Artículos 48 y 49 del mismo texto. Igualmente, ha considerado la Corte Constitucional que la tutela es procedente en los casos en que “(a) se niegue, sin justificación médico-científica, un servicio médico incluido dentro del Plan Obligatorio de Salud o (b) cuando se niegue la autorización para un procedimiento, medicamento o tratamiento médico excluido del POS, pero requerido de forma urgente por el paciente, quien no puede adquirirlo por no contar con los recursos económicos necesarios. Esta acción constitucional desde la Constitución de 1991, ha cogido mucha fuerza más que todo en el tema de la garantía del derecho a la salud, el cual es fundamental por conexidad con el derecho fundamental a la vida, puesto que por el mal servicio de atención a la salud, la falta de medicamentos, carencia de infraestructuras hospitalaria, cobertura y la misma prestación del servicio, los ciudadanos menores y mayores de edad, deben interponer en cada momento ante el juez constitucional la acción de tutela para que se les sea reconocido dichos procesos y procedimientos para que no se vea menoscabado su propia vida e integridad personal. El artículo 49 de la Carta Política indica que (i) la atención en salud es un servicio público a cargo del Estado que debe garantizar el acceso, la promoción, protección y recuperación de la salud en favor de todas las personas; (ii) el Estado deber organizarlo, dirigir y reglamentar su prestación de conformidad con los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad; (iii) los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad, y (iv) la ley deberá señalar los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. En términos generales, el derecho a la salud comprende el derecho al nivel más alto de salud posible dentro de cada Estado, el cual se alcanza de manera progresiva. No obstante, la jurisprudencia también ha reconocido que la noción de salud no es unívoca y absoluta. En estado social y democrático de derecho que se reconoce a sí mismo como pluriétnico y multicultural, la noción constitucional de salud es sensible a las diferencias tanto sociales como ambientales que existan entre los diferentes grupos de personas que viven en Colombia. La jurisprudencia constitucional ha considerado que, el derecho a la salud es un elemento estructural de la dignidad humana que reviste la naturaleza de derecho fundamental autónomo e irrenunciable, cuyo contenido ha sido definido y determinado por el legislador estatutario y por la jurisprudencia de esta Corte. En ese sentido, el servicio público de salud, consagrado en la Constitución Política como derecho económico, social y cultural, ha sido desarrollado jurisprudencial y legislativamente, delimitando y depurando tanto el contenido del derecho, como su ámbito de protección ante la justicia constitucional. - Sentencia T-012/20 Las entidades promotoras de salud no sólo tienen la obligación de garantizar la oportuna y eficiente entrega de los medicamentos que requiere el paciente, sino también la de adoptar medidas especiales cuando se presentan barreras injustificadas que impidan su acceso, ya sea por circunstancias físicas o económicas, más allá de las cargas soportables que se exigen para los usuarios del sistema, pues de ello depende, en muchos casos, el amparo de sus derechos fundamentales a la vida digna, a la salud y a la integridad física.( Sentencia T-012/20). Adicionalmente, la prestación del servicio de salud debe darse de forma continua. Este principio implica que la atención en salud no podrá ser suspendida al paciente, en ningún caso, por razones administrativas o económicas, entre otras razones, porque ello constituiría un agravio a la confianza legítima (Sentencia T-1999 de 2001). Frente a esta situación se plantea la siguiente pregunta de investigación ¿De qué manera se está presentando la vulneración a la salud y a la vida como derechos fundamentales? Para dar respuesta a esa pregunta, El presente artículo tiene como objetivo analizar la Vulneración a la salud y a la vida como derechos fundamentales. Con relación a la metodología, se asume un enfoque jurídico, definido por Moncayo, (2016) como aquel que “estudia el derecho en la vida social, orientada a estudiar la condicionalidad social del derecho, a los efectos de éste en la sociedad y a su eficacia como norma reguladora de relaciones sociales” (p. 19). Además, el tipo de investigación es analítica porque su interés se centra en “explicar por qué ocurre el fenómeno planteado y en qué condiciones se da éste, o por qué dos o más variables están relacionadas” (García e Ibarra, 2020, p. 2). Igualmente, se adopta un modelo de tipo cualitativo, en la medida en que se orienta el análisis hacia el entendimiento del de la vulneración a la salud y a la vida como derechos fundamentales. Desde el punto de vista teórico, el desarrollo de este artículo permite conocer la manera en que se está presentando la Vulneración a la salud y a la vida como derechos fundamentales. Así, se puede aportar al conocimiento de las realidades alrededor de la presencia de la forma como se están vulnerando estos derechos en Colombia Los resultados que arroje la investigación pueden devenir en un punto de referencia para propuestas que fortalezcan las acciones presentes y futuras para contribuir a una posible disminución progresiva de estas vulneraciones a derechos considerados como fundamentales. A nivel social, se aspira a que se utilice la propuesta de tal manera que se mejoren las condiciones para que estos derechos no sean vulnerados y la percepción que esta tiene sobre las gestiones que han venido haciendo las autoridades para el control de esta problemática. Con el uso de esta metodología y en función de la consecución del objetivo de la investigación, el trabajo está dividido en tres partes cardinales: el primero, se inicia con la introducción; el segundo, interpreta las matrices para luego presentar El acápite final destinado a las conclusiones generales del artículo de reflexión.Item type:Ítem, Valor probatorio de la historia clínica en los procesos judiciales en ColombiaLagos Benavides, María Eugenia; Castillo Moncayo, Jhon Alexander; -, -En este artículo se realizó una búsqueda bibliográfica sobre la historia clínica a nivel internacional, para concretar como está en Colombia el valor probatorio de la historia clínica en los procesos judiciales de responsabilidad médica, tanto civiles, contencioso administrativo, ético y penal. Es necesario para determinar la razón jurídica del debate en los litigios que se presenten, ya que es el principal documento médico donde queda registrada toda la relación del personal sanitario con el paciente, los actos y actividades médico-sanitarias realizados con él, y todos los datos relativos a su salud, que se elabora con la finalidad de facilitar su asistencia, desde su nacimiento hasta su muerte, y quiénes son las personas naturales o jurídicas responsables de la custodia y guarda en caso de que estas sean alteradas, modificadas, destruidas u ocultadas, ya que puede haber un delito de falsedad y falla en el servicio, lo cual tendría como consecuencia un perjuicio para el paciente y para todos los familiares, e igualmente se repercutiría en contra del patrimonio de las Entidades Prestadoras de Salud. En este artículo se plasmará algunas anotaciones de antecedentes de cómo surgió la historia clínica en el mundo, custodia y conservación de la historia clínica, y responsabilidad penal frente al manejo de la historia clínica.Item type:Ítem, La carga de la prueba en el marco del debido proceso en la responsabilidad médicaZamora Murillo, Jhonatan Felipe; Murillo Muñoz, Manuel FelipePara dar apertura a este tema, es indispensable conocer y determinar los elementos que configuran la responsabilidad médica, para lo cual, debemos analizar de manera breve los factores que podrían llegar a ocasionar la misma a causa y razón de lo variable que ha sido la jurisprudencia al momento de dirimir y dar aplicación a un debido proceso tanto en las líneas del Derecho de lo contencioso administrativo como en la parte civil, es por tanto que se analiza de manera reflexiva en base al principio de equidad la obligación de dar trámite a la teoría de la carga dinámica de la prueba, pues es este el pilar fundamental para aligerar las cargas probatorias en materia de causalidad.Item type:Ítem, Responsabilidad civil por infecciones asociadas a la atención en salud en el marco de la responsabilidad objetivaPerea Salamandra, Margarita; Ríos Chiquito, Carlos; -, -La Constitución de Colombia consagra en el artículo 49 el derecho a la salud, que inicialmente se asumió como un servicio. Este concepto se transformó cuando la Corte Constitucional (1993) consideró que, si bien la salud no era un derecho fundamental, esta podría ser exigida mediante el mecanismo de la acción de tutela, siempre y cuando se encontrara en conexidad con el derecho a la vida. De este modo, por medio de un análisis documental a doctrina, leyes y teoría jurídica, el artículo explora el marco normativo respecto a la Responsabilidad Civil (RC) objetiva en el contexto del sistema sanitario nacional, el blindaje o no jurídico del actuar profesional de los médicos en el país, y cómo la jurisprudencia actúa referente en materia de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) en un país como Colombia, con grandes deficiencias hospitalarias.Item type:Ítem, La vida como daño: un acercamiento a la acción de Wrongful Birth y su recorrido hasta el ordenamiento jurídico colombianoLeón Sierra, Alejandro; -, -Este artículo examina la acción de wrongful birth desde sus orígenes en el derecho estadounidense, evolucionando tardíamente en el derecho continental europeo, hasta finalmente encontrarse, en la actualidad, en sus orígenes en Latinoamérica y específicamente, en Colombia. Este trabajo analiza la posibilidad de aplicación de esta acción en el ordenamiento jurídico colombiano, con el fin de indemnizar el daño producido por un nacimiento, en razón a una falla en el servicio médico y bajo los condicionales de wrongful birth.Item type:Ítem, Necropsia humanitariaRivera Arcila, Juan Carlos; Ospina Giraldo, Andrés Felipe; -, -El presente artículo plasma de manera concreta la evolución histórica de la necropsia médico legal, técnicas utilizadas, lugares donde se llevaron a cabo, primeros procedimientos y su inclusión en el Estado colombiano como una herramienta legal y científica concebida para fines judiciales, con relación al establecimiento de causas y maneras que llevaron a término la vida de una persona. Dentro de dicha técnica se encuentra la necropsia humanitaria, un modelo adaptado para sociedades que han sido escenarios de conflictos armados, pues el aporte de la misma va en torno a la identificación y reconocimiento de personas que fueron desaparecidas, y su inclusión se debe a la implementación de acuerdos de paz que tiene como punto de partida la colaboración de los victimarios, a fin de que estos señalen los sitios donde pudiesen estar enterrados sus objetivos humanos, y con ello darle punto de partida a esta figura jurídico científica fundamental en el marco de la Jurisdicción Especia para la Paz, que busca lograr el esclarecimiento total de los hechos y ponerle rostro a quienes les fue arrebatado, adquiriendo la condición de persona no identificadas.Item type:Ítem, Desistimiento del paciente y la responsabilidad médicaGonzález Ortiz, Hernán Alonso; -, -El presente artículo define el consentimiento informado, sus características y orígenes legales, así como la evolución en el país y el valor legal que en la actualidad tiene el desistimiento como derecho del paciente a ejercer su autonomía de la voluntad durante el acto médico, y la relación que tiene este con la responsabilidad civil derivada del actuar profesional del médico.