Especialización derecho administrativo
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Item type:Ítem, Viabilidad de visitas conyugales a los adolescentes en el Centro de Reeducación Marceliano Ossa, que tengan matrimonio o unión marital de hechoPeña García, Cristian David; -, -El presente artículo, pretende desarrollar y ofrecer preceptos jurídicos, orientados a resolver la disyuntiva suscitada, respecto la viabilidad de las visitas conyugales de los adolescentes infractores recluidos en el centro de reeducación marceliano Ossa “CREEME”, de la ciudad de Pereira, con vigencia matrimonial o unión marital de hecho demostrada. Es Imperativo tal estudio, puesto que en la actualidad la normatividad jurídica ateniente en este ámbito no está reglamentada, siendo un factor indispensable para la resocialización de adolescentes infractores y que deben ser acopladas al reglamento interno del centro de reeducación CREEME Marceliano Ossa de la ciudad de Pereira, en lo que respecta a los internos que tienen una vigencia conyugal o unión marital de hecho demostrada, ya que para nadie es un secreto que en la sociedad colombiana los adolescentes tienen relaciones sexuales consentidas desde los catorce años o antes, y que además conforman parejas y se hacen padres desde esa misma edad.Item type:Ítem, Eficacia de las políticas públicas de gestión del riesgo de desastres a través de los principios de prevención y precaución en la ciudad de ManizalesArango Ávila, Gustavo Adolfo; Osorio Pinilla, Gloria Yaneth; Gómez Ayala, Daniela; Hurtado Zuluaga, Wilmer; -, -La estructura topográfica de Manizales es proclive a los deslizamientos de tierra. El presente artículo plantea que se necesita una respuesta por parte de la administración local por medio de una política pública que tenga en cuenta los principios de prevención y precaución para enfrentar y prever estas catástrofes ambientales. Los principios de prevención y precaución son inherentes para identificar e implementar intervenciones positivas en materia de desastres. No obstante, las intervenciones realizadas en el municipio generalmente se han enfocado en eliminar peligros que ya han sido identificados. El espíritu de los principios de prevención y precaución es reaccionar de manera proactiva a las amenazas ambientales antes de que causen daño. Los manizaleños merecen una implementación especialmente proactiva de estos principios debido a su vulnerabilidad y patrones de exposición a los deslizamientos. Pero, como se discutirá, en la práctica, estos principios están lejos de ser garantizados a través de la promulgación de políticas públicas.Item type:Ítem, El régimen prestacional del magisterio y las diferencias en la vinculación laboralPalacios Angulo, Yorlidis; Córdoba Córdoba, Ery Alexander; Alegría Domínguez, Reiner; Palacios Hinestroza, Felipe; -, -El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio es una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, cuyos recursos serán manejados por una entidad fiduciaria estatal o de economía mixta. (Artículo 3 de la ley 91 de 1989) ¿Cuál es el régimen prestacional del magisterio? ¿Qué tipos de vinculación hay?; ¿Cuál es la normatividad legal? Y ¿Cuáles son las falencias que se presentan en el régimen prestacional del magisterio? son algunas de las preguntas que se desarrollaran en esta investigación con el fin de conocer acerca de las prestaciones económicas a las cuales tienen derecho los docentes, para así identificar las diferencias que existen entre la vinculación laboral del magisterio y otros servidores públicos.Item type:Ítem, El recurso de reconsideración interpuesto en sede administrativa ante la Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales (DIAN) en materia tributaria, aduanera y cambiaria (TAC)Restrepo Castro, César Augusto; Cardona Saldarriaga, Jennifer; Petro González, Ingrid ReginaEste documento pretende recopilar toda la información, tanto de carácter procedimental como legal, acerca de la interposición del Recurso de Reconsideración ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en Colombia, en las materias que conciernen a los diferentes procesos que competen a esta entidad pública, esto es, temas Tributarios, Aduaneros y Cambiarios (TAC), dando así una visión general de los requisitos fácticos y legales para llevar a cabo la correcta presentación de este medio de impugnación, a fin de que los interesados en los diferentes procesos administrativos puedan ejercer su derecho de contradicción contra los actos sancionatorios y de determinación de tributos, entre otros, proferidos por la referida entidad, y de esta forma acceder a esta herramienta, que en todo caso tendrá como finalidad el respeto al debido proceso y legítima defensa de los contribuyentes e interesados, y poder dar fin, en etapa de Sede Administrativa, a los conflictos que se pueden presentar en contra de los intereses de los mencionados intervinientes. Es por lo anterior que esta herramienta jurídica se convierte en un tema de gran importancia e interés general, pues la indebida utilización de la misma obstruye cualquier posibilidad de lograr desvirtuar lo dicho por la Administración mediante los respectivos actos que esta profiere, cerrando de esta forma la probabilidad de acceder a la administración de justicia de forma eficiente y eficaz, en búsqueda del respeto de los derechos constitucionales que conciernen a cada ciudadano. Es, pues, el citado recurso, el medio más idóneo para solicitar a la Administración Pública una correcta administración de justicia, la cual deberá ser plenamente atendida por la entidad dentro de los términos legales establecidos para cada caso, brindando al ciudadano, contribuyente e interesado, una confianza plena hacia la función pública del Estado, que en todo caso no es más que la de velar por el cumplimiento de las normas y la protección de los bienes públicos y fiscales, más aun teniendo en cuenta que este medio de impugnación es puesto al servicio de los interesados y regulado por el mismo Estado, por medio de su voluntad normativa, protegiendo en todo el proceso los intereses de los intervinientes.Item type:Ítem, Responsabilidad del estado colombiano frente a la violación de los DDHH y el DIH en la masacre ocurrida en Bojayá, de mayo 2 de 2002 hasta junio de 2018Londoño Velásquez, Darleny Odilia; Ríos Guerrero, Luz Edilma; Urrutia Olivo, Ramiro; Petro González, Ingrid ReginaEn la masacre de Bojayá murieron aproximadamente 48 menores de edad; la gente recuerda con mucha rabia y dolor que una mujer parió a su hijo dentro de la iglesia, mientras se resguardaba de los enfrentamientos, y que tanto ella como su recién nacido murieron por el impacto de un cilindro bomba. La violencia, y en especial los desplazamientos forzados, ocasionaron fuertes rupturas familiares y una grave violación de los derechos humanos a las víctimas. Este hecho ocurrido el 02 de mayo de 2002 dejó daños irreversibles en la comunidad de Bojayá, y también una tarea para el estado colombiano en cuanto a protección y reparación de los derechos de las víctimas. ¿Qué responsabilidad tiene el Estado frente a esta grave violación de los derechos humanos? Aquí empieza la investigación.Item type:Ítem, Debido proceso en las reclamaciones de los usuarios de servicios públicos domiciliariosCorrea Mora, Augusto; Rubio Mejía, Jose Leonardo; morales zapata, daniel alfonsoEl proceso de reclamación en materia de servicios públicos domiciliarios, relacionado con negativa del contrato, suspensión, terminación, corte y facturación que se regula y reglamenta mediante la ley 142 de 1994 no garantiza la protección de los derechos de los usuarios en la vía administrativa, toda vez que si bien un usuario posee los elementos jurídicos y facticos que le pueden llegar a demostrar que le asiste la razón frente a lo reclamado, los anteriores no serán valorados por la SUPERSERVICIOS si el recurso no queda presentado como lo dicta el art 159 de la ley 142, así la empresa esté errada en su decisión; endilgándole a la empresa una ventaja y posición dominante frente al usuario, más teniendo en cuenta que los usuarios de servicios públicos son población tan diversa, que incluye población vulnerable, que no necesariamente manejan conocimiento jurídico ni de aplicación de la ley 142 de 1994, concluyéndose que se agota la vía administrativa sin que necesariamente se hayan protegido los derechos de los usuarios.Item type:Ítem, Eventos en los cuales procede la Acción de Tutela contra providncias constitucionales proferidas dentro del tramite de la TutelaOsorno Toro, Laura; Vargas Amaya, Juan Alexander; Morales, Daniel AlfonsoLa Carta Constitucional Colombiana en su art. 2° ha consagrado unos fines específicos que persigue el Estado Social de Derecho colombiano, entre los cuales establece la garantía efectiva de principios, deberes y derechos consagrados en su contenido, además establece que todas las instituciones y sus autoridades estarán creadas para salvaguardar y hace respetar la vida, las libertades y derechos de todas aquellas personas que pudieren residir en el estado colombiano. Ahora, para efectos de concretizar y materializar esta serie de fines y garantías constitucionales, la misma Carta ha diseñado mecanismos como lo son, entre otros, la tutela, cuyo propósito se circunscribe a proteger esos fines y garantías ya ilustrados. La tutela es una figura procesal de índole constitucional establecida en la Carta Política en su artículo No. 86, la cual se traduce en el derecho fundamental que tienen las personas para exigir ante la autoridad judicial, la protección inmediata de sus derechos de categoría fundamental. Instrumento que en principio y por regla general es procedente en el evento de que no exista otro mecanismo de defensa judicial, a menos que se utilice como medio transitorio para prevenir la ocurrencia de un perjuicio irreparable (Sentencia T – 375 de 2018). La acción de tutela se torna procedente en el evento en el que un derecho de rango fundamental haya sido transgredido o se vea en amenaza inminente frente a la conducta activa u omisiva de una entidad pública, de las mismas autoridades judiciales e incluso de los particulares cuando estos presten o no un servicio público. Es así, que cuando se trata de instituciones judiciales, estas están creadas como se dijo anteriormente para salvaguardar y proteger garantías y derechos de rango fundamental, con observancia claro está del respeto al debido proceso estipulado en la carta política colombiana en su art. 29, para efectos de evitar irregularidades en el trámite de cada procedimiento, es por ello que las decisiones de la máxima corporación Constitucional han sido pacíficas en sostener que la tutela contra providencias judiciales procede previo cumplimiento de unos presupuestos de hecho o de derecho. (Sentencia SU – 128 de 2021) De manera general la tutela que se interpone en contra de decisiones judiciales tiene el carácter de una herramienta jurídica extraordinaria, a la cual se acude para enfrentar aquellas situaciones en que se evidencia las irregularidades que van en contra de la Constitución, cuya procedencia ha venido siendo determinada por la Alta Corte, a partir de la sentencia C-590 del 2005 en donde se establecen seis (6) requisitos, dentro de los cuales el sexto indica que “cuando el fallo impugnado no sea de tutela”; sin embargo, teniendo en cuenta que el procedimiento constitucional de la tutela es un sistema procesal, desarrollado por los decretos 2591/1991, 1069/2015 modificado por el decreto nacional 333/2021; es posible que en dicho trámite se presente una situación procesal respecto de la cual se requiera la intervención de otro Juez constitucional para salvaguardar y proteger derechos de categoría fundamental y detener situaciones fraudulentas y graves en su desarrollo. Por lo anterior, es necesario determinar y desarrollar en contexto si actualmente es procedente la acción de tutela contra decisiones constitucionales dictadas dentro del procedimiento de la tutela y como ha sido su desarrollo jurisprudencial desde la Constitución de 1991, además de identificar los eventos o las causales con fundamento en las cuales se puede acudir a dicha acción procesal constitucional, ello desde la óptica jurisprudencial del máximo órgano Constitucional.Item type:Ítem, Derecho a la vivienda digna y el procedimiento policivo de desalojo en sujetos de especial protección constitucionalMarin Gallego, Hernán; Morales Zapata, Daniel AlfonsoDesde una perspectiva constitucional, se buscará dilucidar cuales son las reglas o parámetros que deben tener en cuenta por parte del juez constitucional al momento de proferir sentencias de tutela, asuntos que conciernen procedimientos policivos de desalojo y la repercusión que tienen sobre el derecho fundamental a la vivienda digna en el municipio de Pereira. Lo anterior, con base en el desarrollo jurisprudencial que se tiene para la materia, entiendo esto como la obligatoriedad que deben tener los jueces de aplicar los precedentes de la Corte Constitucional, toda vez que estos gozan de carácter vinculante, haciendo ineludible su aplicación. En el desarrollo del planteamiento del problema, se torna necesario hacer un análisis previo respecto del déficit de vivienda, así como el índice de asentamientos ilegales sobre las personas que ocupan por vía de hecho algunos predios los cuales son propiedad del municipio de Pereira, evidenciando así una problemática debido al desequilibro entre el número de asentamientos ilegales sobre la capacidad financiera que tiene el municipio de Pereira para contrarrestar el déficit de vivienda, el cuál es causante de este fenómeno. Por otro lado, se debe esclarecer el término de sujeto de especial protección constitucional, haciendo énfasis en su alcance y prevalencia sobre los aspectos a tener en cuenta al momento de ejecutar procedimientos policivos de desalojo por parte de las autoridades administrativas correspondientes. Asimismo, dentro del desarrollo jurisprudencial que se tiene respecto de la prevalencia y las garantías que se deben tener hacia los sujetos de especial protección constitucional en el marco de los procedimientos de desalojo por ocupación por vía de hecho sobre bienes de propiedad del municipio, es menester citar la Sentencia SU 016 de 2021, a lo cual se desarrollará en el transcurrir de la presente tesis.Item type:Ítem, Tratamiento en Colombia de la prestación del servicio de energía eléctrica como derecho fundamental.Giraldo Agudelo, Estefania; Pazmiño Rosero, Jimena Alexandra; Morales Zapata, DanielEs importante recalcar que siendo Colombia un estado Social de Derecho, como lo determina nuestra Constitución Política, constituyendo al estado en el encargado de proveer los medios necesarios para suplir las necesidades de sus habitantes, siendo este uno de sus fines esenciales, si bien es cierto los servicios públicos domiciliarios no están descritos entre los derechos fundamentales estipulados como tal, ejercen real correlación con el derecho a la vivienda digna, la igualdad, justicia social, la calidad humana, siendo entonces los servicios públicos una herramienta para satisfacer las necesidades generales y colectivas, esto entendiendo que para la percepción de los servicios públicos prima la satisfacción primordial del receptor, con los mecanismos y medios presentados por el prestador.Item type:Ítem, Tenencia responsable de mascotas: aproximación jurisprudencialPérez García, Santiago; Duque Quiroz, Joer Dorney; Morales Alfonso, Daniel ZapataLa convivencia entre seres humanos y animales domésticos en espacios públicos y propiedades horizontales es una práctica común en la sociedad actual. Sin embargo, esta relación no siempre se desenvuelve armoniosamente, dando lugar a conflictos que surgen tanto a los dueños de las mascotas como a otros ciudadanos. La irresponsabilidad frente a la tenencia de mascotas por parte de algunos propietarios y el poco control ejercido por las autoridades son factores que han generado una problemática existente a la que no se le ha otorgado la prioridad que le asiste tener. En este trabajo de investigación, se abordará el tema de la tenencia responsable de mascotas desde una perspectiva jurídico-administrativa. El objetivo es contribuir al conocimiento y comprensión de esta temática, destacando la importancia de promover una tenencia responsable de mascotas para asegurar una convivencia pacífica y armoniosa en la sociedad colombiana, protegiendo tanto los derechos de las personas como el bienestar de los animales domésticos. Con ello, se busca avanzar hacia una sociedad en la que la tenencia de mascotas sea ejercida con responsabilidad, respeto y consideración hacia los demás ciudadanos.