La necesidad de la sanción disciplinaria contemplada en el numeral 1 del Artículo 48 de la Ley 734 de 2002

Resumen

El poder estatal radica en cabeza de la administración y se manifiesta a través de una gama de competencias o potestades específicas, por ejemplo de mando, ejecutiva, o de gestión reglamentaria, jurisdiccional y sancionadora, que le permiten cumplir con las funciones que le son propias. Sobre el derecho punitivo del estado se ha señalado que es una disciplina del orden jurídico que absorbe o recubre como género cinco especies, a saber: el derecho penal delictivo, el derecho de contravenciones, el derecho disciplinario, el derecho correccional, y el derecho de punición por indignidad política.

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Palabras clave

Sanción disciplinaria, Ley 734 de 2002

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