Tratamiento en Colombia de la prestación del servicio de energía eléctrica como derecho fundamental.

Resumen

Es importante recalcar que siendo Colombia un estado Social de Derecho, como lo determina nuestra Constitución Política, constituyendo al estado en el encargado de proveer los medios necesarios para suplir las necesidades de sus habitantes, siendo este uno de sus fines esenciales, si bien es cierto los servicios públicos domiciliarios no están descritos entre los derechos fundamentales estipulados como tal, ejercen real correlación con el derecho a la vivienda digna, la igualdad, justicia social, la calidad humana, siendo entonces los servicios públicos una herramienta para satisfacer las necesidades generales y colectivas, esto entendiendo que para la percepción de los servicios públicos prima la satisfacción primordial del receptor, con los mecanismos y medios presentados por el prestador.

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Palabras clave

servicios, electricidad, derecho, fundamental

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