La decisión unilateral como causal de divorcio en el ordenamiento jurídico colombiano.
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Resumen
El matrimonio es una de las instituciones jurídicas de mayor antigüedad que sigue plenamente vigente en la actualidad, y es debido a su antigüedad que su régimen normativo ha tenido que evolucionar para adaptarse a los constantes cambios sociales y culturales de cada país. Una de esas evoluciones ha sido la adopción en el ordenamiento jurídico colombiano de la figura del divorcio con sus causales objetivas y subjetivas. Sin embargo, este fue introducido en 1992, y contrario a la postura de la Corte Constitucional, la cual se enmarca dentro del principio causalista. Actualmente existe un sector que considera necesario readaptar la figura del divorcio a los avances contemporáneos, encaminando esta discusión a que si bien el matrimonio es un contrato que nace por el querer y voluntad de las partes, entonces también debería poderse terminar por el querer y voluntad de las partes, buscando la posibilidad de abandono del sistema causalista del divorcio que se emplea en el actual ordenamiento jurídico colombiano, por un sistema donde primen y se salvaguarden los derechos de los cónyuges, principalmente el del libre desarrollo de la personalidad.