El poder onmímodo del Juez Disciplinario, el control sobre el controlador.

Abstract

La Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021, creó el Código General Disciplinario (CGD) que regula procesos contra servidores públicos judiciales, por medio de las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial (CSDJ) y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ), en los cuales deben prevalecer los derechos constitucionalmente establecidos. No obstante, se presentan falencias que afectan a los investigados, generando la pregunta: ¿quién controla al controlador? Me propongo realizar una crítica reflexiva al sistema, y resaltar que existen aspectos que se pueden corregir en la aplicación del Código General Disciplinario, para proteger el derecho a las garantías judiciales de los servidores públicos investigados. Concluyo que, en la práctica, el derecho a un proceso disciplinario justo no siempre está garantizado, especialmente si el Juez no respeta estas garantías.

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Código General Disciplinario, garantías judiciales, servidores públicos judiciales, Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, Comisión Nacional de Disciplina Judicial

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