“Evasión del deber constitucional de los jueces de tutela en los casos de interrupción voluntaria del embarazo en Colombia”
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Resumen
El acceso a una interrupción voluntaria del embarazo oportuno en condiciones de dignidad, salubridad y seguridad, se reconoció y ratificó como un derecho fundamental de las mujeres a través de las sentencias C – 355 de 2006 y C – 055 de 2022 de la Corte Constitucional, esto como medida afirmativa para contribuir desde el sistema legal a la superación de la discriminación y violencia histórica ejercida en contra de las mujeres. Este tratamiento constitucional a una práctica abordada como delito por el legislador, que se adoptó en armonía al Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, constituyó un avance significativo para la Democracia Social, habida cuenta que propició una discusión pública importante respecto a la expectativa cultural de la maternidad asignada impositivamente a los proyectos de vida de las mujeres y visibilizó cómo esta imposición amenaza y agravia derechos de carácter esencial. En tal sentido, resulta pertinente analizar los fallos judiciales constitucionales que se toman en materia de interrupción voluntaria del embarazo, pues estas decisiones en casos donde se busca la protección de estos derechos reproductivos como derechos humanos, resultan determinantes para prevenir la vulneración de los derechos de las mujeres, siendo expresiones concretas que materializan los mandatos consagrados en la jurisprudencia constitucional, garantizan la efectividad del Estado Social de Derecho y le dan un cumplimiento a los compromisos adquiridos internacionalmente por Colombia frente al principio de igualdad material y la cláusula de prohibición de discriminación y violencia en contra de las mujeres en tratándose específicamente de derechos reproductivos.