Imparciaidad del ministerio público, como apelante único en una sentencia absolutoria
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Resumen
Mediante el desarrollo del presente trabajo se pretende dictaminar si en un proceso penal al momento de la notificación de una sentencia de carácter absolutorio por parte un Juez de la república, es el representante del Ministerio Público el único interviniente que decide apelar dicha decisión. La anterior actuación del agente del Ministerio Público podría llegar a afectar los derechos y garantías del acusado, para ello, se analizará por una parte a la luz de la jurisprudencia emitida por las Altas Cortes de la Rama Judicial Colombiana, si en primera instancia la entidad representante de la sociedad, se encuentra legitimada para recurrir y de ser así, en qué casos no se vería afectada la imparcialidad o quebrantará el sistema adversarial o si en definitiva ineludiblemente el ser apelante único resulta en un menoscabo de la neutralidad exigida a la mencionada entidad