Estabilidad laboral reforzada

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Colombia ‘es un Estado social de derecho’ (art. 1 Const. Pol.), por lo tanto es un fin esencial del Estado ‘garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución...’ (art. 2 ibídem) y en este orden de ideas ‘El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona..’ (art. 5 ibídem). En consecuencia, la República está ‘fundada en el respeto de la dignidad humana, la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.’ (art. 1 ibídem).

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Estabilidad laboral reforzada

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