Expectativa razonable de intimidad como fundamento de la ilicitud de una evidencia digital en los procesos de divorcio
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Resumen
Para garantizar la dignidad humana se han fijado diferentes parámetros de protección, entre ellos, se ha planteado la expectativa razonable de intimidad, como aquella figura que respalda que la información que se desee mantener privada continúe con dicho carácter. Es así como se plantea que dicha figura sirva como un fundamento para que se excluyan aquellas pruebas electrónicas que pretendan ingresar al proceso de divorcio, toda vez que se trata de un ámbito personal, que no tiene la pretensión de publicidad.
Descripción
Palabras clave
Intimidad, Prueba electrónica, Expectativa razonable de intimidad, Proceso de divorcio