La incorporación de suelo rural al perímetro urbano en el municipio de Facatativá: reflejo del desconocimiento de la finalidad del artículo 47 de la ley 1537 de 2012 y de sus exigencias para su aplicabilidad
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Resumen
La Ley 1537 de 2012 tiene como objetivo promover el crecimiento urbano y el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y prioritario, permitiendo a las entidades territoriales incorporar suelo rural al perímetro urbano. Esta modificación de los planes de ordenamiento territorial puede realizarse una sola vez, sin necesidad de cumplir con los procedimientos de concertación ambiental y consulta ciudadana. Como resultado, se ha producido una rápida expansión urbana que ha incorporado suelos rurales, a pesar de su vocación de protección, generando tensión entre el crecimiento municipal y la sostenibilidad ambiental. Se llevó a cabo una investigación cualitativa utilizando el "estudio de casos", centrada en la modificación del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Facatativá, para evaluar si esta se ajustaba al espíritu del legislador y a la normativa de la Ley 1537 de 2012. El análisis reveló que el acuerdo municipal no cumple con los requisitos del artículo 47 y desconoce normas superiores, lo que ha llevado a la vulneración del equilibrio ecológico y al manejo inadecuado de los recursos naturales, afectando la vocación del suelo rural y poniendo en riesgo el recurso hídrico. El estudio enfatiza la necesidad de una planificación urbana que contemple la participación de todos los actores y la concertación con autoridades ambientales, buscando un equilibrio entre el desarrollo urbano y la sostenibilidad. En conclusión, es fundamental que el desarrollo urbano se alinee con criterios de sostenibilidad y garantice el uso racional de los recursos naturales, respetando las necesidades futuras de la comunidad.