La Revisión de las Sentencias de Tutela de la Corte Constitucional sobre Consulta Previa en Proyectos de Infraestructura de Transporte

Resumen

La consulta previa debe su desarrollo como derecho fundamental autónomo, esencialmente, a la jurisprudencia del Alto Tribunal Constitucional; pues ante la ausencia de una ley estatutaria que la regula. Esta falta de regulación genera cierta incertidumbre para los promotores y ejecutores de grandes proyectos y obras de infraestructuras. Por ello, hasta tanto el Gobierno Nacional junto con el congreso asuman la iniciativa de tramitar la ley estatutaria, corresponderá seguir atento a las sentencias de tutela para que, a la vez que se protege los derechos de los pueblos étnicos, se pueda brindar la seguridad jurídica que reclaman los promotores y ejecutores de los proyectos de infraestructura. Este trabajo es una primera aproximación en tal sentido, encontrar elementos que permitan conciliar o armonizar los derechos e intereses de los Pueblos Indígenas y Tribales con los intereses de los ejecutores de proyectos y la ciudadanía en general.

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Palabras clave

Consulta previa, derecho al debido proceso, diversidad étnica, a la participación, proyectos de infraestructura de transporte.

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