Eficacia del numeral 36 del artículo 48 de la ley 734 de 2002, con ocasión a conducta de servidores públicos en el período 2010 – 2012 en Risaralda

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Universidad Libre Seccional Pereira

Resumen

En el presente trabajo se analiza el cumplimiento del deber que los servidores públicos deben acatar respecto de interponer la Acción de Repetición cuando el patrimonio público ha sido menguando por el incumplimiento de los deberes propios de la función pública y la consecuente investigación disciplinaria que genera la omisión del referido deber y su eficacia para optimizar la recuperación de los recursos públicos malversados.

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CD-T 352.885 H65;106 p.

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