Afectación al derecho de igualdad en la reparación de perjuicios morales en la jurisdicción contencioso administrativa y civil en Colombia

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La noción de daño antijurídico se ha desarrollado a partir de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Corte Constitucional, como órgano de cierre en materia constitucional; sin embargo, frente a este concepto actualmente no existe una postura unánime e igualitaria en relación con la tasación o reparación de perjuicios morales, lo que ha permitido que exista un trato diferenciado ante el reconocimiento de dichos perjuicios, siendo mayor el grado de reconocimiento económico en la jurisdicción contenciosa que en la civil. Sin embargo, hay que resaltar los esfuerzos de la Carta Fundamental de 1991, que con la introducción del Estado social de derecho exige a la administración de justicia actuaciones más activas y eficaces frente a una sociedad contemporánea, y el clamor de ciertos sectores doctrinarios o académicos para unificar un criterio en relación con la forma de reparación de los perjuicios morales ante cualquier jurisdicción, que cuente con un sistema filosófico o codificación propio que le permita orientar a los individuos con mayor facilidad, que conlleve a la materialización del derecho a la igualdad.

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Palabras clave

Jurisdicción, Afectación, Derecho de igualdad, Reparación de perjuicios, Daño moral

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