Acoso laboral a trabajadores con contrato de prestación de servicios en Colombia
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Resumen
En nuestro país, el acoso laboral tiende a ser algo más común de lo que parece, pues muchos trabajadores independientemente del término de contratación con el que se encuentran vinculados a una empresa (contratos a término fijo, indefinido, prestación de servicios, obra labor, aprendizaje), están expuestos a este tipo de conductas: maltrato laboral, persecución laboral, discriminación laboral, inequidad y desprotección, entre otras mencionadas en la normatividad legal vigente (Ley 1010 de 2006); más alarmante es conocer la cantidad de personas que no denuncian los hechos si no que renuncian a sus trabajos o se someten a estos tipos de conductas y malos tratos por parte de empleadores, compañeros de trabajo, supervisores, entre otros, sin tener en cuenta las consecuencias, daños físicos o psíquicos que pueden generarse en cada uno de ellos. El tipo de contratación es fundamental para evidenciar que se es víctima de acoso laboral, pues según las indicaciones de la norma solo hay que demostrar una relación laboral; lo que nos lleva a preguntarnos si la normatividad existente reguladora de los términos de acoso laboral en el país es eficiente para dar manejo a los casos que se presentan, o si por el contrario hay un vacío normativo, y se define solo según el tipo de vinculación laboral que tenga cada trabajador, exponiéndoles no solo a un caso de acoso sino también a un caso de desigualdad laboral.