Capacidad legal de las personas con discapacidad según la Ley 1996 de 2019: cambio de concepción entre capacidad legal y capacidad mental

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Pereira

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Antes de la entrada en vigor de la Ley 1996 de 2019 “por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad”, a quienes tuvieran alguna limitación psíquica o de comportamiento, bien fuera absoluta o relativa, se les inhabilitaba o incapacitaba a través de un proceso judicial. Como consecuencia de lo anterior, a la persona con discapacidad se le negaba la posibilidad de tomar sus propias decisiones, de tener en sus manos su propia representación, de celebrar actos jurídicos y de disponer de su patrimonio, y esto le correspondía a un tercero encargado de su guarda. No obstante, con la nueva normatividad se presume la capacidad legal de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad (en adelante PCD), y, por ende, hoy en día estas pueden realizar actuaciones encaminadas a producir efectos jurídicos como participar en compraventas, contraer matrimonio, administrar su propio patrimonio, etc., y pueden tomar decisiones sobre todos los ámbitos de su vida.

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Ley 1996 de 2019, Personas con discapacidad, Interdicción

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