La Prueba en la Subrogación de un Inmueble Propio en Colombia
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Resumen
El presente escrito busca examinar la administración de bienes en cabeza de los cónyuges o compañeros antes y después del matrimonio o convivencia, teniendo en cuenta la evolución de la familia y su conformación en la actualidad, procura dilucidar algunos aspectos doctrinales y jurisprudenciales respecto de la autonomía de la voluntad privada, la venta de un bien inmueble y sus requisitos, se destaca la prueba de la voluntad del propietario del bien al momento de transferir su dominio, especialmente en los inmuebles sujetos a registro. Este artículo responde a controversias suscitadas respecto de cómo se califica un bien inmueble en la liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial que fue adquirido por una persona natural antes de la unión marital de hecho o matrimonio y, luego de las nupcias o la convivencia, es vendido para comprar otro inmueble. Lo que se pretende es identificar con precisión y claridad cómo se debe probar la subrogación de un inmueble calificado como propio en el transcurso de la sociedad conyugal o patrimonial y revisar la postura de las altas cortes sobre el tema, para ello se realizó el estudio de la normatividad vigente en referencia las posturas doctrinales y jurisprudenciales en recientes conflictos especialmente de la Corte Suprema de Justicia – Sala Civil y determinar si en nuestro país existe una formación para la administración de los bienes que adquirimos antes del matrimonio o unión marital de hecho; situación que está generando diferentes controversias a la hora de liquidar la sociedad conyugal o patrimonial.