La Potestad Disciplinaria Del Estado Colombiano Sobre Los Servidores Públicos de Elección Popular

Resumen

La Constitución Política de Colombia define los objetivos fundamentales del Estado y los principios que deben guiar las acciones de las entidades públicas. Estos principios están orientados hacia la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad. Solo quienes desempeñan funciones públicas pueden hacer realidad estos objetivos y están sujetos a una relación especial de sujeción. Esto implica una responsabilidad adicional comparada con la de un particular, ya que deben rendir cuentas por cualquier exceso o negligencia en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, la Constitución establece que el Estado tiene la facultad de imponer sanciones a través de la Procuraduría General de la Nación y otras autoridades dentro de la estructura constitucional de Colombia. La Procuraduría General de la Nación tiene la responsabilidad de investigar y aplicar sanciones a los funcionarios públicos, incluyendo aquellos elegidos popularmente. Esta función ha sido analizada por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado como los máximos tribunales de cierre. Sin embargo, esta facultad fue objeto de crítica por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su fallo del 8 de julio de 2020, en el caso Gustavo Petro Urrego vs. Colombia. En esta sentencia, se condenó al Estado colombiano por violar los derechos políticos garantizados en la Convención Interamericana. Como consecuencia de ese fallo y con el objetivo de alinear el marco legal con normas convencionales, el Estado colombiano promulgó la Ley 2094 de 2021. Esta ley concedió competencias judiciales a la Procuraduría General de la Nación e introdujo el recurso extraordinario de revisión ante la jurisdicción contencioso administrativa para impugnar decisiones tomadas por el máximo órgano del Ministerio Público. Sin embargo, esta ley fue sometida a un examen de constitucionalidad a través de una acción pública de inconstitucionalidad, resultando en que la Corte Constitucional declarara inválidas las competencias judiciales conferidas a la Procuraduría General de la Nación. Es necesario realizar un análisis exhaustivo y deductivo que permita identificar los límites establecidos por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto al alcance de la facultad sancionadora de la Procuraduría General de la Nación frente a los funcionarios públicos de elección popular, en relación con el control de convencionalidad. Este análisis se llevará a cabo mediante la interpretación y estudio de la jurisprudencia, la doctrina, la normativa vigente y la revisión de estadísticas relevantes de la entidad.

Descripción

Palabras clave

Postestad sancionatoria, inhabilidad, destitución, suspensión, servidor público, eleccion democrática, Convencionalidad, Bloque de constitucionalidad, Procuraduría General de la Nación, Corte Constitucional, Consejo de Estado, Corte Intermericana de Derechos Humanos, Garantías judiciales, debido proceso, juez natural, seguridad jurídica

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