Validez y utilidad del interrogatorio de parte como forma de prueba en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho: análisis a partir del artículo 198 del Código General del Proceso

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El interrogatorio de parte como medio de prueba autónomo empezó a concebirse de manera diferente a partir de la expedición del Código General del Proceso [CGP], el cual abrió la posibilidad de solicitarlo como prueba de la propia parte. Se desvirtuó así la concepción tradicional de que su fin único era buscar la confesión de quien era oponente en el proceso. Esto ha marcado un derrotero importante en el uso del medio de prueba en materia contenciosa administrativa, pues su carácter rogado hace cuestionar su validez y utilidad en los medios de control que están encaminados a controvertir la legalidad de un acto administrativo. El presente artículo analiza la validez y utilidad de este medio de prueba en los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho, desde su finalidad y a partir de su establecimiento en el artículo 198 del CGP. Se concluye que el interrogatorio de la propia parte resulta un medio de prueba revestido de validez formal, pero de inutilidad, puesto que su decreto para probar pretensiones distintas a la reparación directa puede violar los principios de igualdad y contradicción probatoria.

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Interrogatorio de parte, prueba de la propia parte, nulidad y restablecimiento del derecho, validez, utilidad

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