Importancia del principio de inmediación en los dos sistemas procesales penales vigentes en Colombia
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Resumen
En Colombia coexisten dos sistemas procesales penales para la justicia ordinaria: el establecido por la Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento Penal de tendencia inquisitiva), y el implementado por la Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal del Sistema Oral Acusatorio), que tienen en su aplicación diferencias marcadas dados sus orígenes. De allí que esta reflexión busca resaltar la trascendencia de aplicar en Colombia el principio de inmediación en el Sistema Penal Oral Acusatorio, porque constituye una garantía para las partes (Acusado-Defensor-Fiscalía), e intervinientes (Ministerio Público-víctimas y sus representantes), de que los medios de conocimiento solicitados como pruebas en la audiencia preparatoria serán practicados, controvertidos e incorporados al expediente en la audiencia de juicio oral en presencia del Juez, y la sentencia, sea absolutoria o condenatoria, se proferirá únicamente con base en esas pruebas. Precisamente, el principio de inmediación es trascedente dentro del procedimiento penal acusatorio, toda vez que obliga –contrario a la Ley 600 de 2000, donde imperaba el principio de permanencia de la prueba– a que el juez tenga un contacto directo con las pruebas lícitas que le permitan adquirir un conocimiento sobre la responsabilidad penal de la persona acusada.
