Pensión de Sobrevivientes, orden de primacía partiendo del principio de equidad
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Resumen
La pensión de sobrevivientes representa una garantía de protección para las contingencias a las que están expuestos los familiares del pensionado o afiliado cotizante al sistema y que ha fallecido. Para la asignación de este beneficio pensional la ley ha establecido una lista y jerarquía de beneficiarios, la cual a partir del precedente jurisprudencial ha tenido avances significativos y favorecedores. El presente artículo lleva a cabo una revisión documental que tiene por objeto identificar la ampliación que se ha generado en la cobertura de legatarios en la pensión de sobrevivientes y comparar el marco legal del tema con el desarrollado por países como Argentina, Chile, México y España, determinado las similitudes y diferencias. Para dar cumplimiento al objetivo, se acudió a la revisión del marco legal colombiano, la normativa internacional de los países objeto de comparación, la jurisprudencia de las altas cortes, artículos de opinión y páginas web especializadas en temas de seguridad social, en los cuales se tuvo como criterio de búsqueda los beneficiarios y su orden de prelación en la sustitución pensional, el requisito de dependencia económica y el principio de equidad. Realizada el análisis bibliográfico, se concluye que, en cuanto a la ampliación del núcleo de beneficiarios de esta pensión y la modificación del orden de prelación para el reconocimiento, el precedente jurisprudencial colombiano ha tenido avances muy interesantes en la ampliación de la cobertura pensional y se logró evidenciar de manera general al hacer los respectivos comparativos con los diferentes ordenamientos internacionales un desarrollo bastante garantista en el caso colombiano. Aun así, esta cobertura pensional podría evolucionar a una más amplia y proteccionista.
