Las soluciones lingüísticas del tribunal unificado de patentes: ¿es el multilingüismo una garantía de acceso a la justicia?
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Resumen
Existe un vínculo muy estrecho entre el derecho y las lenguas extranjeras. Partimos del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que establece el “derecho de acceso a los tribunales como garantía de que el individuo tenga acceso a la justicia en un idioma que éste comprenda” (Consejo de Europa, 1950)Esta posibilidad de dirigirse al juez en un idioma que el litigante entienda va más allá de la simple observación de la necesidad de un traductor o intérprete que permita al litigante ver su caso llevado a cabo en un idioma que entienda, ya que el acceso a la justicia se sitúa por encima de cualquier barrera jurídica o incluso lingüística. No obstante, puede haber una variedad lingüística en ciertos tribunales internacionales que facilite el acceso al juez en varios idiomas.
